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INFORMACION SOBRE LOS REGIMENES ESPECIALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

 

 

 

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.10.2.- REGIMENES ESPECIALES INTEGRADOS EN EL REGIMEN GENERAL.-

Se aplican las normas comunes del Régimen General de la Seguridad Social, pero con algunas características especiales.

Los representantes de comercio solicitarán directamente su afiliación, altas y bajas y variaciones de datos a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma en la provincia donde ejerzan su actividad profesional, y si la ejercen en varias provincias, en la que tengan su domicilio, presentando copia del contrato laboral con las empresas por cuenta de las cuales ejerce la actividad.

Por el incumplimiento de la obligación anterior responden subsidiariamente los empresarios.

Los representantes de comercio remitirán una copia del alta, baja o variación de datos, a la empresa o empresas por cuenta de las cuales ejerzan su actividad dentro de los 5 días siguientes a su solicitud.

Si el empresario no recibe la copia en los 20 días siguientes desde que el trabajador a empezado a prestar servicios, aquél deberá sustituir al representante cumpliendo él mismo las obligaciones de afiliación, altas, bajas y elección de entidad gestora en la protección de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad profesional en los 10 días siguientes al plazo de los 20 días señalados.

Profesionales Taurinos

 

Las características, a efectos de altas, bajas y variaciones de los profesionales taurinos, son las siguientes:

- En los primeros 15 días de enero de cada año los profesionales taurinos deberán efectuar declaración de su permanencia en el ejercicio profesional para la temporada correspondiente a dicho año, al objeto de su inclusión en el Censo de Activos de Profesionales de altas y bajas. La inclusión o exclusión de dicho censo determinará, sin más requisitos, la situación de alta y baja de los profesionales taurinos a todos los efectos.

- La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social entregará, para su tramitación por los empresarios, un talonario de justificantes de actuaciones.

- La falta de declaración de permanencia antes del 15 de enero de cada año, motivará la baja automática del personal taurino, con efectos del 1 de enero de dicho año.

 

Artistas

 

Las solicitudes de afiliación y las comunicaciones de sus altas, bajas y variaciones de datos se efectúan conforme a lo establecido para el Régimen General.

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social expedirá un talonario de justificantes de actuaciones a nombre del trabajador afiliado.

Al finalizar la prestación de los servicios, el artista entregará al empresario dos ejemplares del justificante para su cumplimentación.

Un ejemplar del justificante deberá enviarlo el artista a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en que figure adscrito, dentro de los 15 días del mes de enero del año siguiente.

El otro ejemplar del justificante quedará en poder del empresario para su presentación mensual junto con la liquidación de cuotas.

Trabajadores ferroviarios

 

En materia de afiliación, altas, bajas y variaciones de datos, se rigen por las normas comunes del Régimen General.

Jugadores profesionales de fútbol

 

En materia de afiliación, altas, bajas y variaciones de datos se rigen por las normas comunes del Régimen General.

10.3.- SISTEMAS ESPECIALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.-

 

Exhibición Cinematográfica, Salas de Baile, Discotecas y Salas de Fiestas

 

El sistema especial se aplica respecto del personal fijo de plantilla y que no trabaje todos los días de la semana.

Las empresas deberán presentar, durante los cinco primeros días naturales de cada mes, un parte de alta que contendrá los siguientes datos:

- Relación nominal de trabajadores fijos de plantilla que no trabajen todos los días

- Días fijos de trabajo de cada semana durante dicho período

Conservas vegetales

 

El sistema especial se aplica a las empresas dedicadas a la fabricación de conservas vegetales por aquellos trabajadores que presten sus servicios de forma intermitente o cíclica. Sin embargo, pueden renunciar a la aplicación del sistema y acogerse a las disposiciones del Régimen General.

La actividad se establece en campañas que se inician el 1 de enero y finalizan el 31 de diciembre. Sin embargo, las empresas afectadas pueden solicitar el cambio de fechas de una determinada campaña.

En materia de afiliación, altas, bajas y variaciones, se aplican las mismas normas que en el Régimen General.

Frutas y Hortalizas

 

El sistema especial se aplica respecto de los trabajadores que presten sus servicios de manera intermitente o cíclica.

El régimen jurídico del sistema es idéntico al de conservas vegetales.

Hostelería

 

Sistema especial de aplicación a aquellos trabajadores que realicen servicios extraordinarios de hostelería de forma habitual. (30 días más en el trimestre natural anterior).

La Asociación Profesional de Empresarios donde se encuentra inscrita la empresa, actúa de intermediaria y colaboradora de las entidades gestoras de la Seguridad Social, en materia de afiliación, altas y bajas de los trabajadores.

La Asociación Profesional llevará un censo de todos los trabajadores y les entregará un documento acreditativo de su inclusión en el sistema especial.

Resina

 

El sistema especial abarca a todas aquella empresas dedicadas a la explotación de pinares para la obtención de mieras y a los trabajadores de monte, resineros y remasadores, quedando excluido el restante personal.

Las campañas tendrán la siguiente duración:

- Resineros: del 1 de marzo al 25 de noviembre

- Remasadores: del 1 de junio al 31 de octubre

los empresarios solicitarán la inscripción en dicho sistema especial.

El tiempo en alta de los trabajadores se determina por el número de pinos en resinación.

Tomate Fresco Empaquetado y Manipulado

 

Se aplica el sistema especial a los empresarios cosecheros exportadores de tomate fresco, por las tareas de manipulado y empaquetado y a sus trabajadores eventuales o de temporada.

La Asociación Profesional de Empresarios en que figure inscrita la empresa, actúa de intermediaria con las entidades gestoras de la Seguridad Social en materia de inscripción de empresas.

Estudios de Mercado y Opinión Pública

 

El sistema especial se aplica respecto de los trabajadores fijos discontinuos que realicen tareas de encuestación.

Las empresas solicitarán su inscripción en la Dirección Provincial de la Tesorería General en el que tengan su domicilio legal, al igual que las altas y bajas de los encuestadores.

Los empresarios habrán de presentar, dentro de los 10 primeros días de cada mes, una relación nominal de los trabajadores fijos discontinuos, en el modelo oficial al efecto, en el que se hará constar:

•  Días concretos de prestación de servicios durante el mes anterior.

•  Total de días trabajados en el mismo.

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