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AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº UNO DE ------------------------------.

DON -------------------, procurador de los tribunales en nombre y representación de DON ---------------------------------, según tengo acreditado en Diligencias previas nº 1977/--, ante el juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho, DIGO:

Que con fecha de -- de Octubre de 20-- se dictó Auto por dicho Juzgado por el que se declara el sobreseimiento provisional. Habiendo sido notificado dicho auto en fecha de -- de Marzo de 20--, y entendiendo dicha resolución no ajustada a derecho y lesiva para mis representados, dicho sea en términos de defensa, por medio del presente escrito, al amparo de lo dispuesto en el artículo 766 LECrim. y preceptos concordantes
Que por el presente escrito formulo RECURSO DE REFORMA contra dicho Auto, conforme a lo prevenido en el art..766 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en base a las siguientes alegaciones,
PRIMERO-. El auto que recurrimos, SEA DICHO CON SUMO RESPECTO Y EN ESTRICTOS TERMINOS DE DEFENSA, entendemos infringe el derecho fundamental de esta parte a la tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 24 CE, puesto que el auto no contiene ningún razonamiento individualizado para los hechos denunciados, presentando ausencia de motivación.

El Tribunal Constitucional ha venido exigiendo con reiteración que la decisión de cierre del proceso contenga una motivación suficiente, como garantía del derecho fundamental, y así las Sentencias 55/1987 y 174/1987, y en el mismo sentido el Tribunal Supremo en numerosas resoluciones, pudiendo citarse la de 16 de marzo de 1998 y 23 de abril de 1998, entre otras.

Nos vemos en la obligación ad cautelam, para el caso de desestimación, de invocar expresamente la vulneración del artículo 24 de la Constitución en el auto recurrido.

SEGUNDO.- En cuanto al fondo, los hechos relatados en la denuncia pueden ser constitutivos de un delito de coacciones, ya que los propios denunciados reconocen en su declaración en la policía que han cambiado la cerradura de la vivienda situada en la segunda planta impidiendole con que ello el acceso a mi presentado a la vivienda que venia ocupando. Con respecto a este tipo de actuaciones, los tribunales han establecido que cambiar cerraduras en puertas de acceso se interpreta como una actuación para impedir por la fuerza el disfrute y uso del inmueble, sin entrar a valorar el derecho de propiedad o derecho de uso del mismo, ya que estaríamos ante un desahucio extrajudicial y de hecho efectuado por la fuerza por los denunciados tomandose la justicia por su mano. ( SS 26-2 y 26-05-92 / SS 30-06-81 ).

De los hechos denunciado podría derivarse un presunto delito de usurpación, ya que consta acreditado con el documento o contrato aportado que los denunciados donaron a mi representado el derecho de vuelo de la tercera planta, así como las habitaciones construidas en dicha planta, por lo que con el cambio de cerradura han procedido a usurpar por la fuerza el derecho de mi representado.

Asimismo al no haber podido acceder mi representado a la vivienda en cuestión desconoce el estado y destino de todos los enseres, mueble y objetos personales que tenia en la vivienda en cuestión.

Asimismo, los denunciados podrían haber cometido supuestamente un delito de realización arbitraria de propio derecho, actuando fuera de las vías legales usando fuerza en las cosas.

Desde un punto de vista indiciario quedan pocas dudas sobre las actuaciones de los demandados.

TERCERO.- Infracción del artículo 783.1 LECrim.

La resolución de archivo que recurrimos excede notoriamente las facultades del Juez de Instrucción en esta fase del proceso, al no realizar una verdadera valoración de prueba en base a la no realización de diligencias de investigación, sea dicho con sumo respeto y en aras a la defensa de los intereses de mi representado.

De los documentos obrantes existen indicios suficientes para imputar al denunciado la supuesta comisión de los delitos relacionados.

CUARTO.- Por todo ello se debió continuar con la tramitación de las diligencias previas sin sobreseimiento llevandose a cabo la citaciones de los denunciados y de los denunciante para prestar declaración, así como la prueba de inspección ocular.
Por todo lo expuesto,
SUPLICO AL JUZGADO que tenga por presentado este escrito y las copias que se acompañan, lo admita, tenga por formulado Recurso de Reforma contra el Auto de fecha de -- de Octubre de 20--, y tras los trámites legales dicte resolución estimatoria del presente recurso declarando no procedente el sobreseimiento continuando con la tramitación de las diligencias previas procediendose a realizar diligencia correspondientes.

Por ser justicia que ruego,

En ---------- a -- de --------- de 20--.

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