SUBVENCIONES DIRIGIDAS A FINANCIAR LOS GASTOS PARA LA PUESTA EN MARCHA DE COOPERATIVAS, SOCIEDADES LABORALES, EMPRESAS CALIFICADAS COMO I=E Y EMPRESAS DE INSERCIÓN BENEFICIARIOS
Cooperativas y Sociedades Laborales con socios trabajadores o de trabajo, Empresas calificadas como I+E y Empresas de Inserción que se hayan constituido entre la fecha de cierre del último plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria del año anterior y la fecha de cierre del último plazo de la convocatoria correspondiente al año en que se presenta la solicitud, entendiéndose como fecha de constitución la fecha de inscripción en el correspondiente Registro: Mercantil o de Cooperativas y Sociedades Laborales; o, en el caso de empresarios individuales o comunidad de bienes, la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Se considerarán gastos para la puesta en marcha de la entidad los que sean necesarios para poner en funcionamiento una empresa y estén incluidos en alguno de los siguientes grupos:
- Gastos de constitución:
Honorarios de letrados, notario y registradores. Asesoramiento previo ala constitución de la empresa. - Gastos de licencia de apertura del local:
Elaboración del proyecto,
Tasas.
- Gastos corrientes generados durante los 9 primeros meses de funcionamiento de la empresa:
Alquiler del local (excluidos los pagos de fianza). Publicidad.
Servicios externos (Asesoría).
CUANTÍA
La cuantía de esta subvención será como máximo de 12.000 € por entidad solicitante.
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-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales. |