04/2-abb
Resolución de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, por la que se inscribe en el Registro de Asociaciones de Canarias a la denominada Asociación ------------------------------------------------- .
Examinado el expediente de la Asociación de referencia, conforme a los siguientes
ANTECEDENTES
Primero.- Con fecha ------------------------- fue presentada por D. ------------------------------ y otros, solicitud de inscripción de la Asociación de referencia.
Segundo.- A la solicitud se acompaña Acta Fundacional con declaración de voluntad expresa de constitución y Estatutos, en los que:
a) Se denomina a la Asociación como:--------------------------------------------------------------------..
b) Se determina los fines de la Asociación en su artículo ----------- y las actividades en el artículo ----------------------------------.
c) Se regula el régimen de organización interna, en cuanto a los órganos de gobierno y representación y el estatuto de los socios.
d) Se fija el domicilio en la calle ---------------------- del término municipal de -------------------------- y su ámbito territorial se circunscribe a -----------------------------------.
e) Se establece el régimen de administración y económico.
f) Se prevé la disolución de la Asociación y la aplicación del patrimonio social.
Tercero.- Consultados los datos del fichero de denominaciones de Asociaciones del Ministerio del Interior no consta inscrita ninguna entidad con idéntico o semejante nombre.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- Mediante el Real Decreto 1205/1985, de 3 de julio, se traspasan a la Comunidad Autónoma de ----------------------- funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Asociaciones.
En el seno de la Administración Autonómica corresponde dicha competencia a la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación en virtud de lo dispuesto en el artículo 51.b) del Decreto 40/2004, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justicia.
Segunda.- El artículo 22 de la Constitución Española reconoce el derecho de Asociación, estableciendo que deben perseguir fines lícitos e inscribirse en un Registro a los solos efectos de publicidad; en desarrollo del precepto constitucional se dicta la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y, en relación con los procedimientos de inscripción no regulados en la invocada Ley Orgánica, es de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Tercera.- Se regulan las asociaciones que desarrollan esencialmente sus funciones en Canarias por la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de ------------------------- y la Orden Territorial de 29 de diciembre de 1995 de regulación del Registro de Asociaciones de ----------------------.
En virtud de las competencias que tengo asignadas
R E S U E L V O
Inscribir a la Asociación ---------------------- bajo el número en el Registro de Asociaciones de ---------, y visar sus Estatutos, a los meros efectos de publicidad prevista en el artículo 22 de la Constitución y sin que suponga exoneración del cumplimiento de las formalidades o trámites exigibles con arreglo a otras competencias y el cumplimiento de la legalidad vigente reguladora de las actividades necesarias para el desarrollo de sus fines.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá recurrirse en alzada ante la Viceconsejera de Administración Pública de la Consejería de Presidencia y Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que le sea notificada la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro recurso que tenga por conveniente interponer.
En----------------------, a----de-------------------------. LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL Y GOBERNACIÓN
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