¿Quién protege los derechos del consumidor?
La protección del consumidor está garantizada no sólo por la Constitución sino también por los Estatutos de Autonomía de las Comunidades Autónomas, por las Leyes básicas de consumo y especialmente tutelada en el marco de la Unión Europea. Los derechos fundamentales del consumidor, contenidos en las citadas normas y aplicables a los productos de consumo son:
Derecho a la protección de la salud
Derecho a la protección de la seguridad
Derecho a la protección de sus intereses económicos
Derecho a la información
Derecho a la educación
Derecho a la representación por asociaciones de consumidores
Derecho al fomento de las organizaciones de consumidores
Derecho de audiencia
Derecho a la protección en situaciones de inferioridad, subordinación o inferioridad
Los derechos de los consumidores y usuarios, respecto alimentos, deben ser objeto de protección prioritaria por su consideración legal de productos de uso o consumo común, ordinario y generalizado. Los derechos a la protección de la salud, la seguridad y los legítimos intereses económicos de los consumidores deben ser garantizados por los poderes públicos mediante procedimientos eficaces.
En las transacciones comerciales se exige honestidad y no se permite ni fraude ni las falsificaciones de alimentos. La información de los productos alimenticios debe ser veraz, eficaz y suficiente en relación a sus características eseciales. En ningún caso la publicidad realizada de los productos alimenticios puede ser falsa, errónea o tendenciosa. La elaboración, la distribución y la comercialización de alimentos se debe realizar cumplimentando todos y cada uno de los principios y derechos básicos que amparan a los sujetos finales de su consumo.
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