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Otorgamiento por el vendedor de escritura pública.

PRIMERO.- Como único motivo de recurso se invoca por la parte apelante que la condena  de que fue objeto el codemandado Don. -------- para que otorgue en favor de sus  representados la   escritura   pública   de venta de la finca litigiosa se haga igualmente extensiva al  codemandado Sr. --------en tanto aparece como propietario registral de la misma, y ello porque  para que aquel título de propiedad sea inscribible en el Registro de la Propiedad , dando plena  satisfacción a la demanda, se hace necesario e imprescindible que previamente este último otorgue   escritura de propiedad en favor del Sr. ---.         .
        
SEGUNDO.- El motivo y, por ende el recurso, han de ser estimados, por cuanto si bien es  cierto que el punto 4º del suplico de la demanda, del tenor literal siguiente: "Que le sean otorgadas   escrituras   públicas   de propiedad sobre el inmueble objeto de litis a los esposos -------------- por parte  de quien sea su obligación hacerlo, las cuales deben aparecer libre de toda carga y gravamen",  resulta confuso y falto de la claridad necesaria, ello no obsta para que ante el hecho incontestado y  no impugnado de contrario de que se haya estimado íntegramente la demanda origen de este  procedimiento resulta necesario en aras de hacer efectivo el derecho a la tutela judicial efectiva de  los actores que el fallo de la sentencia se acomode a dicho derecho constitucional para hacer  ejecutivo y efectivo el derecho realmente reclamado, que no es otro que el derecho a que se le  otorgue   escritura   pública   de compraventa sobre el inmueble litigioso y su inscripción en el Registro  de la Propiedad , lo que no será posible con el pronunciamiento recaído en la instancia, que sólo  condenó  Don. ------n a otorgar   escritura   pública   de propiedad sobre dicho inmueble en  favor de aquellos y ello porque, al no ser éste titular registral, los actores no podrían inscribir su  derecho de propiedad en el Registro de la Propiedad como en última instancia pretenden, por lo que  si se tiene en cuenta que en el suplico de la demanda se habla de " escrituras   públicas " y que las  mismas se otorguen "por quienes tengan obligación de hacerlo", cabe entender que la sentencia  apelada adoleció de incongruencia omisiva al no condenar también al Sr. --------------a que otorgue  previamente   escritura   pública   de compraventa sobre dicho inmueble en favor del codemandado Sr. Fermín, para que la posterior   escritura   pública   que éste otorgue en favor de los actores pueda  inscribirse en el Registro de la Propiedad , todo ello en aras de hacer efectivo aquel derecho  constitucional y el principio de economía procesal, pues de no ser así es evidente que para que los  actores vieran reconocido su derecho se verían abocados a otro proceso.
        
Procede, pues, con estimación del recurso estudiado, revocar en el particular referido la  sentencia de instancia, confirmándola en todo lo demás.
        
TERCERO.- La estimación del recurso conlleva que no se haga especial pronunciamiento  sobre las costas causadas en esta alzada.
        
Vistos los artículos de general aplicación.

 

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