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Comentario en RadioTelevisionEspañola Consultatuderecho.com

La remisión de mercancía desde la península a Canarias, está sujeta al pago de los tributos canarios, con independencia del fin al que se destina o la condición del destinatario.

En nuestro ánimo está la mejora continua de nuestros servicios y, en este sentido, el relativo a la paquetería con las islas es prioritario. Por ello, y con el fin de facilitar la gestión para la importación de mercancía, Correos ha sido habilitado por la Administración Tributaria Canaria, para el ejercicio de la representación, lo que nos permite, al igual que el resto de representantes autorizados, suscribir, formalizar, tramitar y despachar la mercancías cursadas a través de nuestros servicios, así como para cobrar y liquidar los tributos devengados por la importación.

COMUNICACIÓN GENÉRICA

Al objeto de que Correos pueda tramitar y despachar la mercancía con destino a Canarias es necesario que adjunte a cada uno de sus envíos la Factura Comercial definitiva por triplicado, no siendo documentos aptos para poder confeccionar el despacho de importación en Canarias ningún otro documento, ya sean Facturas Proforma, Albaranes de Entrega etc.

En cuanto al contenido mínimo de la Factura es como Ud conoce el recogido en el RD 1496/2003, siendo destacables los siguientes datos:

• Identificación fiscal del remitente/expedidor de la mercancía - Nombre o razón social

-NIF

- Domicilio

• Identificación fiscal del destinatario/importador de la mercancía - Nombre o razón social

-NIF

- Domicilio

•  Número y fecha de factura

•  Descripción de la mercancía

- Descripción suficiente de la mercancía de la que se trate (Camisetas, Brocas, Bikinis, Accesorios informáticos etc.)

- Resulta insuficiente describir la mercancía con Números de Referencia ó nombres internos o comerciales (Ref. 238 etc.; BK etc.)

- Se recomienda indicar el material de fabricación (juguetes de plástico, de madera etc.) así,,como el uso al que se destina la mercancía (uso doméstico ó industrial)

- Si fuese conocida se recomienda la indicación de la Partida Arancelaria (TARIC) de la mercancía

- Si no fuese conocida la partida Arancelaria es imprescindible describir la mercancía al mayor detalle posible (por ejemplo: monturas metálicas; gafas sin graduación; visillos confeccionados; telas de algodón para la confección, de visillos etc.)

- Se recomienda facturar agrupando la mercancía por el tipo de mercancía de la que se trate

- Camisetas (todas las camisetas juntas) - Bikinis (todos los Bikinis juntos)

-Accesorios Informáticos (Todos los accesorios informáticos juntos)

• Expresión monetaria del Precio de venta

- Indicación de) valor real de venta por producto y Total de factura - Las ventas a Canarias están exentas de IVA .

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Para consultar a un abogado tenemos a su disposición diferentes servicios jurídicos desde 1,20 € a 40 €.

La información aquí recogida lo es solamente a nivel orientativo, sin que quepa ningún tipo de responsabilidad por el uso que de la mismas se pueda hacer por terceras personas.

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