Aplicación simultanea de las modalidades del criterio utilización de medio fraudulentos.
Los aumentos de la sanción previstos para la existencia de anomalías sustanciales en la contabilidad, el empleo de facturas o justificantes falsos o falseados, y la comisión de la infracción por medio de persona interpuesta se acumularán .
No obstante, la cifra de aumento de la sanción por la aplicación de las diversas modalidades del criterio utilización de medios fraudulentos no puede ser superior a 75 puntos.
Un determinado infractor, para cometer la infracción grave de dejar de ingresar puede haber cometido anomalías en la contabilidad, haber utilizado facturas falsas y utilizado persona interpuesta.
En este caso el porcentaje de incremento de la sanción inicial del 50% se incrementará en 25 puntos por anomalías en la contabilidad, en 25 puntos por utilización de facturas falsas, y en 35 puntos por utilización de persona interpuesta, produciéndose un incremento del porcentaje de la sanción inicial (50%) en 25 +25 +35 = 85 puntos porcentuales.
El límite de incremento está en 75 puntos. BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 600 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
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