Ámbito temporal del convenio de farmacia.
El presente convenio entrara en vigor a partir de su publicación en El Boletín Oficial del Estado. Su duración será hasta el 31 de diciembre De 2010.
Los efectos econ ó micos se retrotraerán al 1 de enero de 2008 para el primer año de su vigencia y al 1 de enero de 2009 y 2010 en el segundo y Tercer año de vigencia.
El pago de los posibles atrasos salariales devengados con ocasión de la retroactividad económica, se abonaran en el plazo de un mes a contar desde el d í a de su publicaci ó n en el Boletín Oficial del Estado, o con anterioridad mediante acuerdo con los representantes de los trabajadores.
No obstante, las organizaciones firmantes, recomiendan a sus asociados la aplicación inmediata de los efectos econ ó micos del presente convenio.
Este convenio se entender á denunciado sin necesidad de que medie Comunicación, comprometiéndose ambas partes a iniciar la negociación de un nuevo convenio dos meses antes de finalizar su vigencia.
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