AL
JUZGADO DE MENORES N° UNO
Hernández COLEGIADO N° A en
representación de DON RAMOS, como padre y
tutor del menor Mederos, con domicilio en C/
Subida en Ejecución Judicial n°7/20013
derivada de la pieza de responsabilidad civil nº
147/10, que deriva del Expediente del Menor n°
195/10, bajo la dirección técnica del
letrado Don ernández colegiado nº del
Ilustre Colegio de Abogados de Las , ante el
Juzgado comparezco y como mejor proceda en
derecho, DIGO:
PRIMERO.- Que fecha de 10
de Abril de 2018 se me da traslado de la escritura
de aceptación de herencia de Doña Alberta G de
fecha 31 de julio de 1996 protocolo de Juan .
SEGUNDO.- El documento publico de aceptacion de
herencia acredita que la ejecutada Doña onzalez
con DNI nº Z, es propietaria y poseedora de bienes
recibidos en herencia, mediante escritura notarial
de aceptacion y adjudicacion de herencia,
realizada ante Juan , de fecha 31 de Julio de
1996, protocolo n° 5104, de la causante Doña z
Matias. Por lo que existe un documento donde la
propia ejecutada acepta y se le adjudica unos
bienes.
En la escritura se
adjudican lotes, adjudicandose a Doña
Gonzalez las fincas descritas con las letras a),
g), j), l), correspondientes a una vivienda y tres
fincas rusticas.
La finca señalada con la
letra g), corresponde a la finca catastral
00UU de la cual se han aportado planos y
fotografias, con la siguiente descripcion
RUSTICA Trozo de Terreno
situado donde llaman Los Parralillos en el termino
municipal dea deas) de esta Isla de n Tiene
una cabida de once areas, cuarenta y cuatro
centiareas, igual a mil ciento cuarenta y cuatro
metros cuadrados. Linda al Norte con Barranco de
a, al Sur con terrenos de esta testamentaria, al
Naciente con servidumbre de paso que lo separa de
terrenos de Don Manuel Perez Quintana y al
Poniente con barranco de la
Si bien por esta parte se
considera que la escritura publica de aceptacion y
adjudiciacion de herencia es documento suficiente
para acreditar la propiedad de las parcelas en
cuestion. Se podria corroborar la propiedad e
identificacion de las parcelas de la
ejecutada con la citacion como testigos de las
personas que intervinieron en la escritura de
aceptacion y adjudicacion de herencia, con el fin
que le sean mostradas las fotografias y planos con
el fin de que corroboren la localizacion de la
parcela en cuestion o bien con informe policial o
bien con informe del Iustre Ayuntamiento de.
Los
motivos de escoger para embargar esta parcela en
concreto de las adjudicadas a la ejecutada, son el
primer motivo la perfecta delimitacion de la misma
al estar vallada en todo su perimetro, el segundo
motivo la ubicación indubitada de la misma por
indicaciones de una de las hermanas de la
ejecutada y por tanto heredera y ademas
colindante, el tercer motivo es que el valor de
los mil metros de la parcela se aproximan a la
cantidad de 6000 euros objeto del procedimiento.
TERCERO.-El Artículo 593
LECiv, establece que para decidir sobre la
pertenencia al ejecutado de los bienes que se
proponga embargar, el Secretario judicial, se
basará en indicios y signos externos de los que
razonablemente pueda deducir aquélla, por lo que
no se exige la inscripcion en el registro de la
propiedad, pudiendo embargarse bienes inmuebles
por otras pruebas que acrediten la propiedad del
inmueble por parte del ejecutado.
CUARTO.- Que consta identificada sin ningun genero
de duda la finca en cuestion, estando
perfectamente ubicada geograficamente con los
planos catastrales y fotografias areas.
Que
habiendose solicitado certificado catastral por
esta parte, el mismo ha sido denegado, por ello se
solicita el auxilio judicial y se remita atento
oficio a la gerencia territorial del catastro para
que facilite la titularidad de las mismas y
colindantes catastrales, asi como de cualquier
otro bien catastral a nombre de la ejecutada,
datos no obstante a los que puede acceder el
juzgado directamente.
Una vez recibida esa
informacion catastral que acredite la titularidad
catastral, se podria citar como testigos a los
colindantes catastrales para que declaren sobre la
propiedad de la ejecutada sobre dicho bien
inmuble.
QUINTO.- Asimismo si lo
estima oportuno se solicita el auxilio judicial
para que se remita atento oficio al ayuntamiento
de La aldea de San Nicolas para que se emita
informe policial del Ayuntamiento de Ls de la
ubicación de la finca y posesion de la parcela,
otro indicio que podria acreditar la propiedad y
posesion de la ejecutada sobre dicha parcela.
SEXTO.-.Asimismo se tiene conocimiento que la
finca consta inscrita en la comunidad de regantes
a nombre de la ejecutada, otro indicio mas de la
propiedad y posesion de la finca, si bien no se
puede acceder a dicha informacion por ser datos de
terceros, para lo cual se solcita el auxilio
judicial para qu remitia atento oficio a la
comunidad de regantes de La Aldea de San Nicolas,
para que informe de la titularidad de los derechos
de aguas de dicha parcela rustica, asi como
cualesquiera otros a nombre de la ejecutada,
Dirección: Calleas, Teléfono:9, oficio que se
vuelve a reiterar con este escrito.
SEPTIMO.-En resumen existen suficientes indicios o
pruebas de los que esta parte tiene conocimiento y
que acreditan la propiedad y posesion de la
parcela por la ejecutada, registro catastral,
escrituras de aceptacion de herencia, registro de
la comunidad de regantes, archivos del
ayuntamiento de mas todos los datos que podrian
derivar de dichos registros, si bien no se puede
acceder a los mismos, por lo que se solicito y se
reitera el auxilio judicial.
En su virtud,
SUPLICO AL JUZGADO , que
teniendo por presentado este escrito con sus
copias y los admita a tramite , y según lo
solicitado en el mismo se tenga por efectuadas
las alegaciones en tiempo y forma, para previa su
tramitación legal, dictar diligencia por la que
se acceda a lo solicitado y se tenga por
solicitado el embargo y llevándose a cabo los
oficios interesados.
Es de justicia.
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