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 AL JUZGADO DE MENORES N° UNO
 
Hernández COLEGIADO N° A en representación de DON  RAMOS, como padre y tutor del menor  Mederos, con domicilio en C/ Subida  en Ejecución Judicial n°7/20013 derivada de la pieza de responsabilidad civil nº 147/10, que deriva del Expediente del Menor n° 195/10,  bajo la dirección técnica del letrado  Don ernández colegiado nº  del Ilustre Colegio de Abogados de Las , ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho, DIGO:
 
PRIMERO.- Que fecha de 10 de Abril de 2018 se me da traslado de la escritura de aceptación de herencia de Doña Alberta G de fecha 31 de julio de 1996 protocolo de Juan .
 
SEGUNDO.- El documento publico de aceptacion de herencia acredita que la ejecutada Doña onzalez con DNI nº Z, es propietaria y poseedora de bienes recibidos en herencia, mediante escritura notarial de aceptacion y adjudicacion de herencia, realizada ante Juan , de fecha 31 de Julio de 1996, protocolo n° 5104, de la causante Doña z Matias. Por lo que existe un documento donde la propia ejecutada acepta y se le adjudica unos bienes.
 
En la escritura se adjudican lotes, adjudicandose a Doña  Gonzalez las fincas descritas con las letras a), g), j), l), correspondientes a una vivienda y tres fincas rusticas.
 
La finca señalada con la letra g), corresponde a la finca catastral  00UU  de la cual se han aportado planos y fotografias, con la siguiente descripcion
 
RUSTICA Trozo de Terreno situado donde llaman Los Parralillos en el termino municipal dea deas) de esta Isla de n  Tiene una cabida de once areas, cuarenta y cuatro centiareas, igual a mil ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados. Linda al Norte con Barranco de a, al Sur con terrenos de esta testamentaria, al Naciente con servidumbre de paso que lo separa de terrenos de Don Manuel Perez Quintana y al Poniente con barranco de la
 
Si bien por esta parte se considera que la escritura publica de aceptacion y adjudiciacion de herencia es documento suficiente para acreditar la propiedad de las parcelas en cuestion. Se podria corroborar la propiedad e identificacion de las parcelas  de la ejecutada con la citacion como testigos de las personas que intervinieron en la escritura de aceptacion y adjudicacion de herencia, con el fin que le sean mostradas las fotografias y planos con el fin de que corroboren la localizacion de la parcela en cuestion o bien con informe policial o bien con informe del Iustre Ayuntamiento de.
 
Los motivos de escoger para embargar esta parcela en concreto de las adjudicadas a la ejecutada, son el primer motivo la perfecta delimitacion de la misma al estar vallada en todo su perimetro, el segundo motivo la ubicación indubitada de la misma por indicaciones de una de las hermanas de la ejecutada y por tanto heredera y ademas colindante, el tercer motivo es que el valor de los mil metros de la parcela se aproximan a la cantidad de 6000 euros objeto del procedimiento.
 
TERCERO.-El Artículo 593 LECiv, establece que para decidir sobre la pertenencia al ejecutado de los bienes que se proponga embargar, el Secretario judicial, se basará en indicios y signos externos de los que razonablemente pueda deducir aquélla, por lo que no se exige la inscripcion en el registro de la propiedad, pudiendo embargarse bienes inmuebles por otras pruebas que acrediten la propiedad del inmueble por parte del ejecutado.
 
CUARTO.- Que consta identificada sin ningun genero de duda la finca en cuestion, estando perfectamente ubicada geograficamente con los planos catastrales y fotografias areas.
 
Que habiendose solicitado certificado catastral por esta parte, el mismo ha sido denegado, por ello se solicita el auxilio judicial y se remita atento oficio a la gerencia territorial del catastro para que facilite la titularidad de las mismas y colindantes catastrales, asi como de cualquier otro bien catastral a nombre de la ejecutada, datos no obstante a los que puede acceder el juzgado directamente.
 
Una vez recibida esa informacion catastral que acredite la titularidad catastral, se podria citar como testigos a los colindantes catastrales para que declaren sobre la propiedad de la ejecutada sobre dicho bien inmuble.
 
QUINTO.- Asimismo si lo estima oportuno se solicita el auxilio judicial para que se remita atento oficio al ayuntamiento de La aldea de San Nicolas para que se emita  informe policial del Ayuntamiento de Ls de la ubicación de la finca y posesion de la parcela, otro indicio que podria acreditar la propiedad y posesion de la ejecutada sobre dicha parcela.
 
SEXTO.-.Asimismo se tiene conocimiento que la finca consta inscrita en la comunidad de regantes a nombre de la ejecutada, otro indicio mas de la propiedad y posesion de la finca, si bien no se puede acceder a dicha informacion por ser datos de terceros, para lo cual se solcita el auxilio judicial para qu remitia atento oficio a la comunidad de regantes de La Aldea de San Nicolas, para que informe de la titularidad de los derechos de aguas de dicha parcela rustica, asi como cualesquiera otros a nombre de la ejecutada, Dirección: Calleas, Teléfono:9, oficio que se vuelve a reiterar con este escrito.
 
SEPTIMO.-En resumen existen suficientes indicios o pruebas de los que esta parte tiene conocimiento y que acreditan la propiedad y posesion de la parcela por la ejecutada, registro catastral, escrituras de aceptacion de herencia, registro de la comunidad de regantes, archivos del ayuntamiento de mas todos los datos que podrian derivar de dichos registros, si bien no se puede acceder a los mismos, por lo que se solicito y se reitera el auxilio judicial.
                 En su virtud,
 
SUPLICO AL JUZGADO , que teniendo  por  presentado este escrito con sus copias y los admita a tramite , y según lo solicitado en el mismo  se tenga por efectuadas las alegaciones en tiempo y forma, para previa su tramitación legal, dictar  diligencia por la que se acceda a lo solicitado y se tenga por solicitado el embargo y llevándose a cabo los oficios interesados.
 
Es de justicia.
 
 

 

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