EL INGRESO EN EL CENTRO CARCELARIO
Al ingresar en prisión, los funcionarios del centro penitenciario verificarán la identidad personal del detenido mediante su nombre y apellidos, sus demás circunstancias personales, sus huellas dactilares y su fotografía. Tomarán nota suficiente en el libro de ingresos y abrirán un expediente personal relativo a su situación procesal y penitenciaria de la que tendrán derecho a ser informado. Igualmente procederán al cacheo de su persona y al registro de sus efectos, retirándole los enseres y los objetos no autorizados.
También se informará al interno de sus derechos y de sus obligaciones. Concretamente, se le informará de las normas internas del centro, de las normas generales penitenciarias y de los medios para presentar peticiones, quejas y recursos. Le facilitarán ropa si carece de vestimenta apropiada. Y, tras una entrevista con el trabajador social y el educador, se le asignarán un módulo y las actividades que se consideren adecuadas durante la estancia en el centro.
Durante el tiempo de internamiento en un centro carcelario, se tiene derecho a la comunicación oral, escrita, telefónica, íntima, familiar o de convivencia, en las condiciones y con la frecuencia que establece la legislación penitenciaria.
Es importante que se mantenga el contacto con el abogado designado para la defensa del detenido con el fin de preparar a defensa en el juicio.
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