INTERPRETACIÓN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO CONFORME A LA CONSTITUCIÓN.
La Constitución es la norma superior, suprema y fundamental del ordenamiento jurídico. Como consecuencia de ello, sus principios y valores han de informar todo el ordenamiento jurídico.
Como dice Torres del Moral, todo el ordenamiento jurídico queda impregnado, empapado de sentido constitucional, pues recibe de la Constitución su fundamento y legitimidad.
La unidad del ordenamiento la proporciona la Constitución. Es lo que se llama interpretación constitucional del ordenamiento jurídico.
En palabras del Tribunal Constitucional cuando sean posibles dos interpretaciones de un precepto legal: una ajustada a la Constitución y otra no conforme a ella, debe admitirse la primera. Es el llamado principio “pro constitutione”
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