Incentivos de contratos en prácticas.
(Art. 7 RDL 3/2012)
Las empresas que transformen en indefinidos contratos en prácticas, de relevo y de sustitución por
anticipación de la edad de jubilación, cualquiera que sea la fecha de su celebración, tendrán derecho
a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 41,67 euros/mes (500
euros/año), durante tres años.
En el caso de mujeres, dichas bonificaciones serán de 58,33 euros/mes (700 euros/año).
Podrán ser beneficiarios las empresas que tengan menos de 50 trabajadores en el momento de producirse la contratación, incluidos los trabajadores autónomos y sociedades laborales o
cooperativas a las que se incorporen trabajadores como socios trabajadores o de trabajo, siempre
que estas últimas hayan optado por un régimen de Seguridad Social propio de trabajadores por
cuenta ajena.
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