PRIMERO.- Por en nombre y representación de------------------, se presentó escrito en fecha 9 DE ……………………. DE 20 en el que solicitaba autorización judicial para la venta de los bienes de su hijo menor del siguiente bien:
_ El 3-1,33 s en pleno dominio pro indiviso y el 16,66 de la ruda propiedad de las fincas N°---------------------- N" 2 y que se halla situada en sótano segundo inscrita en el registro de la propiedad N°……………. al tomo -------- libro --------, folio 210 En fecha 20 de enero de 20-------- la procuradora aportó la concesión de la venia para su personación en el procedimiento
FUNDAMENTOS J URÍ DICOS
PRIMERO.- por el solicitante se ha alegado que sobre los bienes objeto del presente expediente existe una hipoteca a favor del banco y que debido a las dificultades económicas por impago de la misma el banco habla iniciado un procedimiento de ejecución hipotecaria ante el juzgado N° 20--, estando pendiente únicamente de la subasta de las fincas hipotecadas, siendo necesaria la autorización de enajenación del bien del menor dado el fallecimiento de su padre el ---de ---------- de 20-- y siendo el único heredero universal de sus bienes. Alega así mismo que una vez enajenados los bienes y pagadas las cantidades debidas el banco respecto del sobrante del menor se ingresarla en un depósito bancario a su disposición una vez alcanzada la mayoría de edad. Por lo que concurriendo en el presente caso el requisito de la necesidad o utilidad evidente del acto dispositivo que, según el artículo 2011 de la L.E,C de 1881 Código Civil, condiciona la autorización judicial del mismo, procede conceder la autorización solicitada.
.- Habiéndose cumplido loa requisitos exigidos por la ley en este expediente, procede con base en el artículo 2014 de L.E.C, de 1881, dictar auto aprobando el expediente, no siendo preceptiva ni el previo avalúo, ni la subasta pública, según establece el art. 2.015 L .E.C, debiendo acreditar dicho hecho ante el Juzgado una vez que el auto .sea fine de acuerdo con lo establecido en los artículos 2023 y 2024 de LEC de 1881.
PARTE DISPOSITIVA
Se concede autorización a Día para proceder a la venta de los bienes que se describen en el hecho primero de esta resolución, debiendo destinarse el precio al pago de las cantidades debidas al banco por la ejecución hipotecaria /20-- y respecto del sobrante correspondiente al menor deberá ser gestionado por el abuelo del menor D.---------------- que ha sido nombrado administrador provisional de los bienes del menor por auto de -- de ----- de 20-- dictado por el juzgado de Primera Instancia, debiendo acreditar dicho hecho ante el Juzgado y in vez que el auto sea firme, expídase testimonio del mismo y entréguese al solicitante y devuélvansele los documentos presentados, dejando testimonio suficiente en el expediente.
Notifíquese la presente resolución alas partes con indicación de que contra la misma y de acuerdo con lo previsto en el artículo 455 de la LEC, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación del mismo, previo ingreso en la cuenta de consignaciones y depósitos de ----------- EURO en concepto de depósito en aplicación de lo supuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la 101/2009 de 3 de noviembre , complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal parra la implantación de la nueva Oficina Judicial.
Lo que á.s1 se propone y firma SS" Diga., doy fe.
BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 400 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales. |