La competencia del tribunal del jurado no abarca la totalidad de los delitos previstos en el código penal, sino que se limita al enjuiciamiento de algunos de ellos, especificados en la propia ley. Estos delitos, de acuerdo al nuevo código penal, son los siguientes:
a) Homicidio.
b) Amenazas.
c) Omisión del deber de Socorro.
d) Allanamiento de morada.
e) Incendios Forestales.
f) Infidelidad en la custodia de documentos.
g) Cohecho.
h) Tráfico de influencias.
i) Malversación de caudales Públicos.
j) Fraudes y exacciones ilegales.
k) Negociaciones prohibidas a funcionarios.
l) Infidelidad en la custodia de presos.
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