Quien tiene derecho a la Justicia Gratuita
Tienen derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita, además de ciertas entidades de utilidad pública, ]as personas físicas cuyos ingresos no superen, por unidad familiar, el doble del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), lo qua en 2011 supone 14.910,28 euros anuales (consultar para revisión anual: www.iprem.es ).
Excepcionalmente, puede reconocerse el derecho a personas que superen dicha cifra, sin exceder del doble, si tienen cargas económicas o familiares extraordinarias. Y, por contra, puede denegarse aun sin alcanzar tales in gresos, si existen signos externos de riqueza que deban tenerse en cuenta.
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