Requisitos para solicitar la guarda custodia de un menor.
La solicitud de guarda debe ajustarse a los siguientes requisitos (Art. 19 del Decreto):
Debe ser formulada por escrito, y suscrita por los titulares de la custodia (Padres
tutores legítimos), o por uno solo de ellos cuando justifique que cuenta con el
consentimiento del otro, o que le corresponde legalmente el ejercicio en solitario de
la patria potestad. Debe estar motivada y fundamentada, con expresión clara y completa de las
circunstancias graves y transitorias que la motivan.
Debe constar su duración prevista, en concordancia con dichas circunstancias graves
y transitorias (Temporalización)
Deberá ser oído el menor que hubiere cumplido doce años o, aquel que sin haber
cumplido dicha edad, tuviese suficiente juicio valorado en los informes psicológicos
que se incorporen al expediente.
Debe estar documentada: en todos los casos la solicitud deberá estar acompañada de
documentos autenticados que acrediten la identidad de los solicitantes
(D.N.I./N.I.E., etc..) y el grado de parentesco (o representación) que les vincula a los
menores para los que solicitan su guarda (Libro/s de familia, partida/s literales de
nacimiento, etc…), y además, la solicitud deberá estar acompañada de los
documentos acreditativos de la concurrencia de las circunstancias graves
impeditivas del cuidado temporal del menor para el que solicitan la guarda. Atendiendo a las diferentes situaciones que puedan plantearse en relación al caso,
podrá solicitarse además, documentación distinta a la comentada.
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