AL
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NUMERO TRES DE
Doña procuradora de los
tribunales en representación de Doña
Vega, por designación del turno de oficio, como
denunciante en el PROCEDIMIENTO DILIGENCIAS
PREVIAS Nº 0/2016, bajo la dirección técnica de
Don Hernández, abogado Colegiado número , por
designación del turno de oficio, seguido ante este
Juzgado, según tengo acreditado en autos, ante el
Juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho
DIGO:
Que
con fecha de 5 de Septiembre de 2017 se me
notifico Auto de 4 de agosto de 2017, por dicho
Juzgado por el que se acuerda el sobreseimiento
libre y el archivo de la presente causa, habiendo
sido notificado dicho auto y entendiendo dicha
resolución no ajustada a derecho y lesiva para mis
representados, dicho sea en términos de defensa,
por medio del presente escrito, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 766 LECrim. y preceptos
concordantes.
Que por el presente escrito
formulo RECURSO DE REFORMA Y SUBSIDIARIO DE
APELACION contra dicho Auto, conforme a lo
prevenido en el art.766 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, y subsidiario de
Apelación ante la Audiencia, en base a las
siguientes alegaciones,
PRIMERO-. El auto que recurrimos, SEA DICHO CON
SUMO RESPECTO Y EN ESTRICTOS TERMINOS DE DEFENSA,
entendemos que no se valora de forma detallada
todo los hechos denunciados.
SEGUNDO.- Relación de los
delitos supuestamente cometidos e indicios de los
mismos.
La denuncia se efectua no
solo por cortes de electricidad, sino también por
cortes de agua y por ruidos de alto nivel sonoro
al poner el denunciado música a todo volumen al
marcharse del domicilio.
La denuncia no se interpone
solo contra el ex marido, sino también contra su
hijo Dons y Don Garcia, por insultos.
Limitándose el auto de
sobreseimiento a valorar los cortes de
electricidad.
Las declaraciones de Doña
Paola y Don Jorge Jesús, no debieran ser
tenidas en cuenta por la manifiesta enemistad con
su madre, asi como por no vivir en el domicilio
donde se produjeron los hechos.
Consta la declaración del testigo Aos Garcia que
declara que su padre deja la música puesta a todo
volumen cuando se marcha del domicilio, así como
que en otras ocasiones baja de forma voluntaria
el interruptor principal de electricidad.
Consta la declaración de
Don Vega, manifestando haber sido testigo
como se quedaba sin electricidad la vivienda a
pesar de no tener la denunciante ningún
electrodoméstico en funcionamiento.
Tambien constan los insultos de Dons Garcia, sobre
los que no se menciona nada en e auto de
sobreseimiento, constando acreditados los mismos.
Por
todo lo expuesto,
SUPLICO AL JUZGADO que
tenga por presentado este escrito y las copias que
se acompañan, lo admita, tenga por formulado
Recurso de Reforma y subsidiario de apelacion,
contra el Auto de fecha 4 de AGOSTO de 2017, y
tras los trámites legales dicte resolución
estimatoria del presente recurso declarando que se
continua con el procedimiento, abriendo juicio
oral o subsidiariamente, que se continúan con las
diligencias necesarias para el esclarecimiento de
los hechos, por ser justicia que ruego,
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