AL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N
2 DE
Don, Procurador de los
tribunales, en nombre y representación de Don Tdez
Espino, en procedimiento: Diligencias Previas
numero 6/2015, seguidas en ese Juzgado de
Instrucción, ante el mismo Juzgado comparezco, y
como mejor proceda en derecho, DIGO:
Que con fecha de 22 de mayo de 2015 se dictó Auto
por dicho Juzgado por el que se decreta la
libertad provisional sin fianza del detenido…………
con obligación de firmar los días uno y quince de
cada mes..."
Que por el presente escrito formulo RECURSO DE
REFORMA contra dicho Auto, conforme a lo prevenido
en los artículos 216,217 y siguientes y del
artículo 539 de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal, en base a las siguientes alegaciones;
I. Que en este caso en el que nos encontramos,
entendemos que se debe dictar Auto de libertad
incondicional, todo sea dicho con sumo respeto,
ya que estamos ante unas diligencias que
consideramos que no han justificado mínimamente la
implicación de mi representado en actuaciones
ilícitas, además que el mismo se persono de manera
voluntaria cuando fue requerido por agentes de la
Guardia Civil, que no tiene antecedentes penales
que hagan prever que mi cliente no acuda a
dependencias policiales o judiciales cuando sea
requerido para ello.
II.
Que entendemos que este Juzgado no tiene
competencia territorial para dictar este Auto,
toda vez que el mismo se presento de manera
voluntaria en las dependencias de la Guardia Civil
de Guía y debería haberse puesto a disposición del
Juzgado que tramita las actuaciones que han
llevado a relacionar a mi representado con
acciones delictivas, que entendemos que los hechos
por los que se le ha preguntado en el
interrogatorio no han sucedido en los periodos de
guardia de este Juzgado.
Que además no se respeto los derechos
fundamentales del detenido, como el derecho a la
asistencia de letrado, mas allá de una simple
comparecencia mientras presta declaración, ya que
tiene derecho a entrevistarse con el letrado,
entendemos que en base a lo establecido en la
Constitución y en la doctrina reiterada del
Tribunal Supremo, la presencia de abogado va mas
allá de una simple comparecencia, tiene derecho el
imputado a hablar con su letrado en privado.
III.-Por todo ello, esta parte entiende que
existen suficientes motivos para modificar el Auto
y establecer que se decreta libertad incondicional
de mi representado.
Por todo lo expuesto,
SUPLICO AL JUZGADO que
tenga por presentado este escrito y las copias que
se acompañan, lo admita, tenga por formulado
Recurso de Reforma contra el Auto de fecha de 22
de mayo de 2015, y tras los trámites legales dicte
resolución estimatoria del presente recurso
declarando la libertad de mi representado, por ser
justicia que ruego, en
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