Escritura de Cancelación de RESERVA DE
DOMINIO.----
En a diez de octubre
de dos mil
diecisiete.------------------------------------------------
-------------------COMPARECE-----------------
DON , mayor de edad,
casado, agricultor, vecino de L, y con D.N.I. y
N.I.F. número:
INTERVIENE en nombre y
representación, como Presidente del Consejo Rector
de "SOCIEDAD COOPERATIVA ”, en anagrama “de
nacionalidad española, domiciliada en z, número 4,
constituida por tiempo indefinido, se rige por sus
Estatutos adaptados a la Ley 27/1999 de 16 de
julio, elevados a públicos mediante escritura
autorizada por la Notario de r, Doña María el día
20 de Diciembre de 2002, con el número de
protocolo, modificada por otra escritura posterior
autorizada por el Notario de Gáldar, Don Ael día 2
de abril de 2003, con el número 345 de protocolo y
modificados por otra posterior autorizada por la
Notario ded el día 3 de junio de 2009, bajo el
número es su protocolo.
Inscrita en el Registro General de Cooperativas al
tomo VI, clave L.P., Folio bajo el asiento número
10.-----------
C.I.F. número:
F-3-----------------
El nombramiento de DON
resultan de acuerdo adoptado por la Asamblea
General Extraordinaria de la "SOCIEDAD COOPERATIVA
AGRICOLA, DE SO” en anagrama “", celebrada el día
trece de julio de dos mil trece. Inscrito en el
Libro de Inscripción de Sociedades Cooperativas
del Registro Administrativo de s, Tomo, Clave
L.P., Folio y bajo el asiento
nº2.-----------------------------------
Está
especialmente autorizado para este acto en virtud
de los acuerdos adoptados en la Asamblea General,
en la sesión celebrada en el domicilio social el
día 5 de julio de 2017, según resulta de la
certificación librada por el Secretario Don Juan ,
con el VºBº del Presidente, Don , que incorporo a
esta matriz, cuyas firmas legitimo por coincidir
con las que constan en los archivos de la
Notaría.-------------------------------------
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 98.1 de la Ley 24/2001 de
27 de Diciembre de Medidas Fiscales,
Administrativas y de Orden Social, yo, el Notario,
HAGO CONSTAR, que a mi juicio, según resulta de la
escritura pública reseñada, el compareciente se
encuentra facultado para el presente otorgamiento
como representante de la sociedad. /span>
SSu
titularidad real consta en ACTA autorizada en
Santa María de Guía, por la notario, doña María
del Cel día veintitrés de Febrero de dos mil once,
con el número TRESCIENTOS DIECISÉIS (316) de
protocolo, copia de la cual me exhibe,
manifestándoseme no haberse modificado el
contenido de la misma.------------
Cumplí
con la obligación de identificación del titular
real que impone la Ley 10/2.010, de veintiocho de
Abril. A mi requerimiento, se me asevera que
ningún compareciente (ni sus representados en caso
de existir) actúa encubierta o fiduciariamente
"por cuenta de terceros" en el sentido del art. 4
de dicha Ley.---------------------------- /span>
Me
asegura la vigencia de su cargo, facultades
representativas y la persistencia de la capacidad
jurídica de la entidad que representa.
Me aseguro de su identidad
por su reseñado documento. Lo juzgo con capacidad
y legitimación para el otorgamiento de esta
escritura.
----------------
EXPOSICIÓN-------------------
aa)
Compraventa.– En escritura de elevación a público
de documento privado autorizada por el notario
dea, Doña Carmen R, el día veintisiete de
noviembre de dos mil tres, bajo el número DOS MIL
SETENTA Y TRES de protocolo, su representada,
vendió a Doña , la finca siguiente finca:
RUSTICA: En término
municipal deo, donde llaman 0,rrenos de labradíos
productivos, con una superficie aproximada de diez
mil setecientos setenta y tres con cinco metros
cuadrados -10.773,5 metros cuadrados-, y cuyos
linderos son: Norte, con terrenos de la finca
matriz cuya solicitud de segregación también se
solicita, identificada en el plano 3.1. como lote
11; al Naciente, con terrenos de la finca matriz
cuya solicitud de segregación también se solicita
en el plano número 3.1. como lote 2; al Sur, con
terrenos de la finca matriz, cuya solicitud de
segregación también se solicita identificada en el
plano 3.1. como lote 9; y al Poniente, con
terrenos de la finca matriz cuya solicitud de
segregación también se solicita en el plano número
3.1. como lote 17.-----------------
La
finca de este número no está coordinada
gráficamente con el
catastro.---------------------------------------
IINSCRIPCION.- En el
Registro de la Propiedad de según la
inscripción 2ª, al folio 58, del Libro 95, Tomo
1357 del Archivo, FINCA DE S.----
TITULO.- Adquirida en virtud de la escritura de
Compraventa otorgada en , ante Doña MARÍA D, con
número de protocolo 273, el 27 de Noviembre de
2003.
Declarada la obra nueva
mediante escritura otorgada en , ante el Notarioz
con protocolo, el día 12 de Mayo de 2016, según la
Inscripción 6ª, de fecha 25 de Mayo de 2016, al
Folio 74, del Libro 123, Tomo 1622 del
Archivo.-------
b) Condición de cargas.– En
la reseñada escritura de elevación a público se
pactaron una serie de condiciones en base a las
cuales se constituyeron una serie de condiciones
que gravaban la finca, y que no siendo posible el
acceso telemático al contenido de los Libros del
Registro, por imposibilidad técnica, la
información registral sobre el estado de cargas se
ha solicitado y obtenido por correo corporativo, y
según resulta de la nota informativa registral
solicitada con el número 309/2017, recibida con
fecha 05/10/2017, que dejo unida a esta matriz y
de cuyo contenido integro informo a los
comparecientes, lo que corroboran expresamente la
finca descrita, salvo las posibles afecciones
fiscales, se encuentra con las siguientes cargas
vigentes:--- /span>
“… CARGAS VIGENTES SOBRE LA
FINCA.-----------
-RESERVA DE
DOMINIO:-------------------------
GGravada con la RESERVA DE DOMINIO constituida en
su inscripción 2ª, en virtud de la escritura de 27
de Noviembre de 2.003, ante la Notario de doña
María en los siguientes términos: La vendedora se
reserva expresamente el dominio y la propiedad del
inmueble objeto de este contrato en tanto no sea
satisfecho por la compradora la totalidad del
precio y demás cantidades pactadas. La compradora
no podrá enajenar, arrendar, ceder, subrogar ni
gravar el uso y disfrute de los bienes vendidos
hasta tanto no haya sido satisfecho en su
totalidad el precio de la compraventa,
considerándose nulo y sin valor alguno el fraude
de los legítimos derechos de la vendedora y
cualquier acto de disposición que no cuente con la
previa autorización por escrito de la misma. Se
exceptúa caso de transmisión -sólo se permiten
dos-, de este derecho al cónyuge y/o los
familiares hasta el 2º grado por consanguinidad o
afinidad, siempre que éste se incorpore a la
Cooperativa como socio antes del otorgamiento de
la Escritura Pública. Asimismo se autoriza el
arrendamiento a socios en activo de la
cooperativa. Tanto para una como para otra
excepción, deberá comunicarlo a COAGRISAN a
efectos de que preste su conformidad. DICHA
RESERVA DE DOMINIO SE POSPONE A LA HIPOTECA
CONSTITUIDA EN LA INSCRIPCIÓN 3ª SIGUIENTE, en los
términos que de la misma
resulta.----------------------------
Documentos relativos a la finca presentados y
pendientes de despacho, vigente el asiento de
presentación, al cierre del Libro Diario del dia
anterior a la fecha de expedición de la presente
nota: Número 1730 del Diario 105 de fecha
24/07/2017, ELEVACION A PUBLICO DE DOCUMENTO
PRIVADO DE COMPRAVENTA del notario DON R. Z
presenta a las nueve horas y cuarenta y siete
minutos primera copia de una escritura autorizada
por el Notario de DON , con fecha ocho de Marzo
del año dos mil diecisiete, con el número de
protocolo 212/2.017, por la cual DAE DIA junto con
EZ DIAZ elevan a público documento de compraventa
suscrita el día 23 de marzo de 2014, en el que la
primera le vende al segundo la finca registral el
término municipal de
--------------------------------------
Clase
de Incidencia Prorrogado de fecha 18/08/2017 con
fecha de vencimiento 15/11/2017 1730.- Presentado
el precedente documento en esta Oficina el día
veinticuatro de Julio de dos mil diecisiete, bajo
el asiento 1730 del Diario 105, suspendida su
calificación por encontrarse presentado un título
previo el cual fue despachado el día 25 de Julio
de 2.017, por el cual don José C, actuándo además
de por sí como apoderado de doña z, elevan a
público un documento privado suscrito en
veintitrés de marzo de dos mil catorce, en virtud
del cual doña z vendió a don la finca
registral de s. De la calificación efectuada por
el Registrador que suscribe, conforme a lo
dispuesto en los artículos 18, 19 y 19bis de la
Ley hipotecaria, SE SUSPENDE la inscripción del
título que precede, en base a los siguientes
Hechos y Fundamentos de Derecho: PRIMERO.- No
resulta acreditado que en el título precedente se
cumplan los requisitos expresados en el pacto de
reserva de dominio inscrito en el folio de la
finca registral 1 de en la inscripción 2ª y que se
transcribe a continuación: RESERVA DE DOMINIO: La
vendedora se reserva expresamente el dominio y la
propiedad del inmueble objeto de este contrato en
tanto no sea satisfecho por la compradora la
totalidad del precio y demás cantidades pactadas.
La compradora no podrá enajenar, arrendar, ceder,
subrogar ni gravar el uso y disfrute de los bienes
vendidos hasta tanto no haya sido satisfecho en su
totalidad el precio de la compraventa,
considerándose nulo y sin valor alguno el fraude
de los legítimos derechos de la vendedora y
cualquier acto de disposición que no cuente con la
previa autorización por escrito de la misma. Se
exceptúa caso de transmisión -sólo se permiten
dos-, de este derecho al cónyuge y/o los
familiares hasta el 2º grado por consanguinidad o
afinidad, siempre que éste se incorpore a la
Cooperativa como socio antes del otorgamiento de
la Escritura Pública. Dicho derecho de reserva de
dominio figura inscrito a favor de la entidad
Cooperativa Agrícola de , en anagrama N, y deben
cumplirse los requisitos en él expresados para
poder inscribirse la venta documentada en el
título precedente. Fundamentos de Derecho:
artículos 1, 20 y 26 de la Ley Hipotecaria.-
SEGUNDO.- Los anexos que se dice tiene la finca
objeto del título precedente, así como el
invernadero, cuarto de aperos, cuarto de máquinas,
almacén e instalación de descuelgue y riego, no
resultan inscritos en este Registro, por lo que no
serían susceptible de inscripción con el título
presentado. Fundamentos de Derecho: Artículo 20 de
la Ley Hipotecaria.- prorrogado el asiento adjunto
por plazo de sesenta dias a partir del
18/8/2017…”.------------------
Hago
la advertencia expresa de que sobre la nota
informativa registral aludida anteriormente y
relativa al estado de cargas, prevalece la
situación registral existente con anterioridad a
la presentación en el Registro de la Propiedad de
la copia de esta escritura. /span>
--------------- DISPOSICIÓN------------------
aa) Carta de pago.– El señor
compareciente, según interviene, en nombre y
representación de la entidad mercantil "SOCIEDAD
COOPERATIVA AGRICOLA DE ”, en anagrama “”,
confiesa que se han cumplido todos los requisitos
expresados en la constitución de la RESERVA DE
DOMINIO que gravaba la finca a favor de la entidad
que representa y que se pactaron en la reseñada
escritura de elevación a público de documento
privado autorizada por el notario de a, Doña María
del C, el día veintisiete de noviembre de dos mil
tres, bajo el número DOS MIL SETENTA Y TRES de
protocolo y su representada consiente en la
cancelación total de la RESERVA DE DOMINIO
reseñada anteriormente en el apartado de cargas,
dejándola liberada de todas las cargas reseñadas y
PRESTA SU CONSENTIMIENTO EXPRESO, para que así se
haga constar en el Registro de la
Propiedad.---------
------- OTORGAMIENTO Y
AUTORIZACIÓN----------
1. Reservas y advertencias
legales.– Las hago al señor compareciente, entre
ellas las de carácter fiscal. Advierto también
sobre la incorporación de datos a los ficheros
automatizados regulados en la Orden del Ministerio
de Justicia 484/2003, de 19 de febrero. 2.
Lectura.– Le permito la lectura de esta escritura,
porque así lo solicita después de advertido de la
opción del artículo 193 del Reglamento Notarial.
3. Consentimiento.– Enterado,
según
dice, por la lectura que ha practicado y por mis
explicaciones verbales, hace constar libremente su
consentimiento al contenido de la escritura.
BASES
DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 600
RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
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Y DONACIONES.
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TEMAS.
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incluidas en la bases de consultas legales.
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