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 AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
DE
 
 
Don tízPérez,  Procurador de los Tribunales en nombre de DOÑA  R Segura, cuya representación acreditar en los autos de Separación matrimonial número 6/04, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho y bajo la dirección técnica de Don  y Doña María  Hernández, abogados del Ilustre Colegio de Abogados des, Colegiados número1  y con dirección para notificaciones en calle ino,
 
D I G O
 
Que en fecha cuatro de octubre de 2004, ha recibido el emplazamiento mi representada, al objeto de que dentro del término de VEINTE DÍAS comparezca y conteste a la demanda, proponiendo en su caso la oportuna reconvención.
Por todo ello, mediante el presente escrito CONTESTO A LA DEMANDA DE SEPARACIÓN CONTENCIOSA conforme a los hechos y fundamentos de Derecho que a continuación se expone, e igualmente interpongo DEMANDA RECONVENCIONAL, que promuevo por separado conforme a especiales fundamentos fácticos y jurídicos.
La CONTESTACIÓN A LA DEMANDA se basa en los siguientes:
 
HECHOS
 
PRIMERO: Son ciertos los hechos a los que se refiere la demanda de contrario presentada, por lo que se admiten su relato en sus números PRIMERO y SEGUNDO.
En cuanto al TERCER ORDINAL de los hechos alegados de contrario, hay que señalar que el representado de la otra parte no es el demandado, sino el demandante y que es éste el que trabaja como peon agrícola el que trabaja como peon agrícola.


SEGUNDO: En cuanto al CUARTO, hay que señalar que los motivos de que la relación conyugal esté deteriorada no han sido oririginados por mi representada, además que el abandono del hogar no fué hecho por el demandado, sino por el demandante, y que en  el domicilio conyugal tambien reside la nieta de su  hija Jessica, que es madre soltera , además que no es cierto que Doné esté independizado, ya que estudia, y mírez, reside en la vivienda y acaba de empezar a prestar servicios laborales, pero sin una estabilidad laboral.


CUARTO: En cuanto a los bienes gananciales hay que indicar que mostramos nuestra disconformidad, ya que el demandante solo hace referencia al domicilio familiar y la sociedad de los bienes gananciales está constituida por la vivienda familiar en Avenida marca Seat Modelo Málaga y por una finca en la Hoya Grande de 2.653 m2.


QUINTO: Que la demandada actualmente por problemas de salud no puede trabajar, por lo que está tramitando una prestación de Renta Activa de Inserción en la INE, está pendiente desde agosto de que aporte la nómina de Agosto del demandante, y después de pedirle una copia este este se ha negado.
 
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes
 
FUNDAMENTOS DE DERECHO
 
I.- En cuanto a los fundamentos de derecho procesal, nada que objetar a los invocados de contrario.
II.- A contrario sensu los alegados en cuanto al fondo.
En su virtud,
 
SUPLICO AL JUZGADO: Que teniendo por presentado este escrito, y copia de todo ello, se sirva admitirlo, tener por contestada la demanda de Separación matrimonial de DOÑA  SEGURA,  promovida por éste, y previos los trámites legales, incluso el recibimiento a prueba, que desde ahora se solicita, se sirva dictar, en su día, sentencia desestimatoria de la demanda, absolviendo de ella a mi representada, con expresa imposición de costas a la parte actora.
En cuanto a la DEMANDA RECONVENCIONAL, formulo los siguientes
 
HECHOS DE LA RECONVENCIÓN
 
PRIMERO: Mi representada contrajo matrimonio con el hoy actor DON GURA, en fecha 28 de Agosto de 1977, en la ciudad de S, de dicha unión nació y vive cuatro hijos llamados Mª a Ramirez.  


SEGUNDO: Si bien es cierto que la relación matrimonial está hoy claramente deteriorada, ello ha sido debido a la actitud del esposo hacia mi representada, su esposo, con constantes insultos y desprecios . Que si bien estos hechos no fueron, en su día denunciados, ello obedece a la paciencia de DOÑA LGURA, por miedo y temor a la reacción de su esposo.


TERCERO: Respecto a la situación económica, en la que se encuentra inmersa mi representada , está sin actividad laboral.
Como fundamento de los anteriores hechos se adjuntan a la presente demanda los siguientes documentos:
9. En relación con el hecho tercero de la demanda reconvencional, se adjunta oportuno certificado de desempleo, como documento número UNO.
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes
 
FUNDAMENTOS DE DERECHO
 
I.- La Regla 2ª del Artículo 770 LEC en cuanto que sólo se admitirá reconvención:
«… cuando el cónyuge demandado pretenda la adopción de medidas definitivas que no hubieran sido solicitadas en la demanda y sobre las que el Tribunal no deba pronunciarse de oficio».
II.- El Artículo 82 apartados 1º y 2º del Código Civil.
III.- El Artículo 91 y siguientes del Código Civil, en cuanto a las medidas inherentes a adoptar en el presente procedimiento, con motivo del pronunciamiento principal.
IV.- El Artículo 394 de la LEC que regula las costas que deberán ser impuestas a la parte actora por su notoria mala fe.
En su virtud,
SUPLICO AL JUZGADO: Que teniendo por presentado este escrito, y copia y documentos que se acompañan, se tenga por formulada DEMANDA RECONVENCIONAL, y tras el recibimiento a prueba que desde ahora se solicita, se sirva estimarla y dar lugar a la SEPARACIÓN del matrimonio formado por el hoy actor DON  SEGURA y mi patrocinada DOÑA  SEGURA, basándose en la causa tipificada en el Artículo 82, apartados 1º y 2º del Código Civil, acordando además como efectos inherentes a dicha Separación de los cónyuges los siguientes:
•   Se otorgue la guarda y custodia de la hija MDA RAMIREZ , a la madre, por ser el progenitor mas preparado tanto psíquica como moralmente, por tanto será quien mejor cuidará de dicho menor, siendo además la voluntad de la misma, el quedarse con su madre.
•   Que se otorgue el uso del domicilio conyugal a los  hijos y esposa, al ser el interés más necesitado de protección.
•   Que se establezca un régimen de visitas a favor del padre, respetándose la voluntad del menor.
•   Como contribución para alimentos a favor de los  hijos, se solicita se fije por el juzgador la cantidad mensual de 200€, para cada hijo no emancipados Melanie y Fco José, y sería un total de 400€,  pagaderas por meses anticipados, dentro de los cinco primeros días de cada mes, actualizándose dicha cantidad de acuerdo con los índices de precios al consumo del Instituto Nacional de Estadística u organismo que legalmente le sustituya
 
    PRIMER OTROSI DIGO: Que se aporta como documentación:
 
1.    Certificado de nacimiento de Doña  Segura, como documento número uno.
2.    Información catastral de bienes inmuebles de naturaleza rústica, como documento número dos.
3.    Certificado de empadronamiento, como doumento número tres.
4.    Matrícula del curso academico 2004/2005, como documento número cuatro.
 
            SEGUNDO OTROSI DIGO: Que se rectifique el nombre de la demandada, ya que es Lilia, según certificado de nacimiento aportado.
 
            TERCER OTROSI DIGO:
 
  

 

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