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 AL JUZGADO DE PAZ DE 
 
          MONICA , mayor de edad, con DNI n° , con domicilio en  en calle, número , bajo la dirección técnica del letrado Don Hernández, Abogado del Ilustre Colegio de A, con despacho para notificaciones en calle Real, número 24 bj, C.P.
 
 
COMPAREZCO Y DIGO
 
          Que por medio del presente escrito, y a tenor de lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, deduzco acto de conciliación en reclamación de deslinde ilegal, con   DOÑA ANTONIA , con DNI n° , mayor de edad, vecina de
 
          Sirva de base a esta demanda los siguientes hechos y fundamentos de derecho.
 
 
HECHOS
 
PRIMERO.- Que soy propietaria de la siguiente finca rustica inscrita en el registro de la propiedad de a como finca registral 1;
 
Rustica. En el termino municipal de o, donde llaman Cañada de Las Mentiras. Trozo de terreno que tiene una medida superficial aproximada de veinticuatro áreas y ochenta y ocho centiáreas, equivalente a dos mil cuatrocientos ochenta y ocho metros cuadrados que linda. Al Norte y al Este, con camino publico, al Sur, con camino privado, al Oeste con lote numero tres propiedad de Doña
 
Se aporta nota simple e Hijuela como documentos números uno y dos.
 
SEGUNDO. Titulo.- Que dicha finca fue adquirida mediante partición  de los bienes de los causantes Doña a González, se aporta copia de la escritura como documento numero tres.
 
TERCERO.- Que dicha finca se encuentra catastrada a nombre de Doña Mónica Victoria  con numero de Referencia Catastral Polígono 6 Parcela 568, de , con una superficie de 2.488 metros cuadrados se aporta plano catastral como documento numero cuatro.
 
CUARTO.- Que DOÑA NA se le adjudico en la partición la finca colindante a la de mi propiedad, inscrita en el registro de la propiedad como finca registral numero 12.0, con la siguiente descripción. Se aporta nota simple como documento numero cinco.
 
Rustica. En el termino municipal de no, donde llaman Cañada de Las Mentiras. Trozo de terreno que tiene una medida superficial  de veinticuatro áreas y ochenta y ocho centiáreas, equivalente a dos mil cuatrocientos ochenta y ocho metros cuadrados que linda. Al Norte, con camino publico, al Este con Doña Mónicaria M, al Sur, con camino privado, al Oeste con lote numero dos propiedad de Don Luis a.
 
Se aporta hijuela como documento numero seis. /span>
 
QQUINTO.- Que Doña Antonia  a procedido a vallar y deslindar la propiedad de Doña Mónica  sin comunicarlo ni citar a la misma e incumpliendo lo recogido en el código civil en su articulo 348, que establece que para cualquier deslinde de fincas se ha de citar a los dueños de los predios colindantes, lo que no se ha efectuado en este caso por lo que estamos ante una actuación fraudulenta y un deslinde efectuado de forma unilateral y en contra de los establecido en la ley.
 
DEL DESLINDE Y AMOJONAMIENTO/span>
Artículo 384
Todo propietario tiene derecho a deslindar su propiedad, con citación de los dueños de los predios colindantes.
 
AAsimismo dicho deslinde se ha efectuado sin contar con la autorización de la Consejería de política territorial y sin contar con licencia del Ayuntamiento de La s, por lo que estamos ante una actuación ilegal que ha de conllevar la correspondiente multa y además de tener que desmontar dicha valla en cuanto sea comunicado a la administracion.
 
Que en el deslinde llevado a cabo de forma unilateral por Doña Antonia se ha  ocupado por la misma ilegalmente parte de la finca de mi propiedad y además se han causado daños a la acequia que deslindaba ambas propiedades, la cual ha destruido la demandada, lo cual podría suponer daños a la propiedad privada./span>
 
Se aporta levantamiento planímetrico donde consta los linderos de la finca, donde se puede apreciar que el deslinde llevado a cabo por Doña Antonia ocupa parte de la finca de Doña Mónica. Asimismo doña Mónica solicito licencia de vallado, y aporto al ayuntamiento planos de dicho vallado. Se aportan como documentos números siete, ocho y nueve.
 
QQUINTO.- La finca de Doña Antonia, se encuentra catastrada con la referencia catastral 005700000UX, y con una superficie de 2.488 metros cuadrados. Se aporta plano catastral como documento numero diez.
 
SEXTO.-  Que la porción de terreno ocupada por la demandada es de aproximadamente 300 metros cuadrados, en los planos se observa de forma evidente que el terreno ocupado y vallado por Doña Antonia es de 2.788 metros cuadrados, y el terreno de Doña Mónica ha quedado reducido a 2.188 metros cuadrados, cuando según el registro de la propiedad, catastro y escrituras de partición ambas fincas deben medir los mismo, o sea 2.488 metros cuadrados , según planos que se aportan como documentos números once al catorce. /span>
 
SEPTIMO.-  Que la ocupante ha roto la acequia que deslindaban ambas propiedades, que  había sido instalada hace años y que delimitaba ambas parcelas de terreno.
 
Por esta parte se considera que si la demandada no estaba conforme con la delimitación ya establecida desde hace años, debieron consultar a mis representadas o acudir a los tribunales a delimitar las propiedades, pero en ningún caso debieron tomarse la justicia por su mano.
 
En todo caso, con el fin de conciliar las discrepancias en cuanto a la delimitación de ambas parcelas, las mismas deberían ser resueltas por acuerdo de los interesados, por lo cual se insta este procedimiento de conciliación, con el fin de evitar ante los tribunales el correspondiente procedimiento de deslinde judicial.
 
Que a pesar de los intentos por recuperar la parte de la finca invadida, ha sido imposible ante la negativa de Doña Antonia.
 
FUNDAMENTOS DE DERECHO
 
       PRIMERO.- Las partes están capacitadas para entablar la presente relación juicio-procesal, conforme a los artículos 6 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
 
           SEGUNDO.- El artículo 47 LEC, establece la competencia del Juzgado al que me dirijo.
 
           TERCERO.-  El artículo 394 de LEC, que regula las costas que deberían ser impuestas a los demandados.
  
       En su Virtud;
 
          SUPLICO AL JUZGADO que tenga por presentado este escrito con su copia, lo admita y se sirva señalar día y hora para la celebración del acto de conciliación y, cumplidos los trámites legales, disponga que se me entregue certificación del acta.
&  
2 Nosotros no tenemos fotos de estas y la acequia la hizo desaparecer creo en su totalidad /span>
 
3 sus hermanos y los papeles que cuando se hizo la partición todos firmaron que los linderos eran la acequias
 
4la carretera bordea la finca es pública
 
5 Esa carretera la hizo su hermana nos lo comunico,se le dio permiso verbal pero con esa se ha hecho lo que ha querido y a mentiras ella ya se vera
 

 

 

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