AL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE S QUE POR TURNO
CORRESPONDA
Donernández, abogado del Ilustre Colegio de
Abogados de con despacho para notificaciones
en calle real, nº 24, de Ls, en nombre y
representación de;
D. NMarrero, con DNI
nº 4el termino municipal de A
COMPAREZCO Y DIGO
Que por medio del presente escrito, y a tenor de
lo establecido en el Art. 460 de la Ley de
Enjuiciamiento Civil, deduzco demanda
de Conciliación en con el fin de llegar a un
acuerdo amistoso de partición de herencia con;
Doña ez Marrero con domicilio en Calle Lomo
Guillen 14, duía CP de G5
Sirva de base a esta demanda los siguientes hechos
y fundamentos de derecho.
HECHOS
PRIMERO.- Que se ha iniciado el trámite de
Expropiación Urgente y ocupación de la
parcela de la que somos propietarios
-Finca n. 4 La misma se
corresponde con la identificada catastralmente
como Polígono 05, Parcela 56.
ACREDITACIÓN DE TITULARIDAD
HERENCIA
Herederos de Don Mrrer Medina.
D. Nicolasa Marrero.
Doña Lucia Marrro Suarez
Don Arero Suarez.
Doña Pro Suarez
La finca en cuestión se encuentra aun sin partir
la herencia, en régimen de proindiviso, se aporta
proyecto de división y asignación de bienes donde
consta la finca Cuatro del inventario la cual es
objeto de expropiación como documento numero
uno.
RUSTICA. En el Pago del
Risco del municipio dee, trozada de terreno
fundamentalmente labradío con algo de arrifes,
medio riego, cuenta con una superficie de 26 áreas
58 centiáreas. Linda con terrenos de Jo, al
Poniente con Juan Marrero, al Norte barranco del
Risco y al sur Antonio a Suarez. Tiene como
accesorio dentro de su cabida y linderos un viejo
estanque con una capacidad de seis horas de agua
de azada equivalente a 172,8 metros cúbicos.
TITULO. Esta finca fue adquirida por los causantes
a Don ia Mendoza.
SEGUNDO.-Que el objeto de la presenta
conciliación, es que por los demandados como
herederos de Doña Pino Marrero Suarez, se lleven a
cabo de forma amistosa la escritura de
adjudicación de herencia de los bienes de los
causantes en concreto la finca identificada
catastralmente como Polígono 05, Parcela 56 en el
termino municipal de Agaete.
El
objeto de la avenencia es que se reconozca por
parte de los demandados que la finca identificada
catastralmente como Polígono 05, Parcela 56 en el
termino municipal de Agaete forma parte de la
comunidad hereditaria y que la misma por tanto aun
no ha sido adjudicada, y se reconozca por tanto
que dicha finca es propiedad de D. z Marrero, Doña
Lcia Suarez, Don rero Suarez, siendo esta ultima
madre de los demandados, estando fallecida la
misma.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Las partes están capacitadas para
entablar la presente relación juicio-procesal,
conforme a los artículos 6 y siguientes de la Ley
Enjuiciamiento Civil.
SEGUNDO.- El artículo 47 LEC, establece la
competencia del Juzgado al que me dirijo.
Por todo ello,
SUPLICO AL JUZGADO que tenga por presentado este
escrito con su copia, la admita y se sirva señalar
día y hora para la celebración del acto de
conciliación y, cumplidos los trámites legales,
disponga que se me entregue certificación del
acta.
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