El profesional de oficio es designado por el colegio de abogados y deberá reunir los requisitos de experiencia y de formación que les son exigidos.
La asistencia letrada será gratuita, salvo en los siguientes casos, en que deberá abonar al profesional sus honorarios por el trabajo realizado:
-Que no se le reconosca el derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita.
-Que venza en el pleito sin imposición de costas procesales, en cuyo caso deberá abonar tales honorarios siempre que no excedan de la tercera parte de lo que en el ha obtenido. Si excedieren se reducirán a lo que importe dicha tercera parte, atendiéndose a prorratas sus diversas partidas.
-Que vaya venido a mejor fortuna en los términos anteriormente indicados.
-A recibir atención con la inmediatez que el caso requiera, en forma y lugar adecuados. A tal fin, deberá poner cunato antes a disposición del profesional, toda la información y documentación de que disponga, presentarle su colaboración diligente y facilitarle su localización y cualquier cambio de dirección o teléfono de contacto.
- A ser informado por el profesionales sobre si su pretensión es viable y, si esté la considera inviable, a que emitan un dictamen el ministerio fiscal y el colegio de abogados, si alguno de ellos considerase que la pretensión es viable tendrá derecho al nombramiento de un segundo profesional para el que será obligatoria la defensa del caso; si ambos confirman que es inviable, se destimará la solicitud.
-A ser informado sobre el estado del porcedimiento , y de las resoluciones dictadas en el mismo y en su caso, sobre la procedencia de los recursos que puedan interpornerse.
-A formular ante el colegio de abogados cualquier queja que pudiera suscitar el servicio de orientación jurídica o la intervención del profesional asignado.
Los colegios de abogados velarán por el correcto funcionamiento, calidad y continuidad del servicio y han de resolver las quejas que reciban y comunicar al afectado la decisión adoptada. BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 400 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
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