Valoración de los valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad sin cotización en un mercado organizado.
Las acciones y los títulos representativos de participaciones en el capital de entidades que no coticen en Bolsa se valorarán:
· 1. - Si la empresa tiene su balance auditado, por el valor teórico resultante del último balance aprobado, si el informe de auditoria ha resultado favorable.
· 2. - Si no tiene auditado el balance o el informe no ha resultado favorable, las acciones se valorarán por el mayor de los siguientes valores:
· El valor nominal de las acciones.
· El valor teórico resultante del último balance aprobado.
· El valor que resulte de capitalizar al 20% el promedio de los beneficios de los tres ejercicios cerrados con anterioridad a la fecha del devengo.
Se tendrán en cuenta tanto los beneficios distribuidos como los destinados a reservas, si un año no se obtienen beneficios se tomará como valor de ese año cero, es decir, no se tendrán en cuenta las pérdidas.
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales. |