LOS VALORES SUPERIORES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.
Este es el caso de la Constitución española, cuyo art 1.1 se refiere expresamente a los valores superiores del ordenamiento jurídico español, cuando dice que "España constituye un Estado social y democrático de derecho que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político".
Estas declaraciones no pueden considerarse como meras cláusulas retóricas o de estilo o como simples manifestaciones de buenos propósitos, sino como verdaderas cláusulas con vocación jurídica que transcienden a todo el ordenamiento.
Los valores superiores se realizan a través del ordenamiento, y constituyen un parámetro esencial en la interpretación de las normas. Por ello, como ya dijimos, las distintas normas de ese ordenamiento (leyes, reglamentos, etc.) lo que tratan es de realizar o cumplir esos valores.
El Tribunal Constitucional ha proclamado que las normas constitucionales o de otro orden deben ser interpretadas de forma que no colisionen con los valores superiores, de forma que, entre las varias interpretaciones posibles, resultará correcta la que responda a los valores consagrados en el texto constitucional.
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