Afectado por un ERE
La prestación por desempleo se percibe tras la pérdida involuntaria de un empleo. La cuantía se calcula en función de las cotizaciones realizadas durante los periodos trabajados. Incluye la cotización a la Seguridad Social por jubilación, incapacidad temporal, invalidez, muerte y supervivencia, protección a la familia y asistencia sanitaria.
Requisitos
Para solicitar la prestación por desempleo en el caso de que te veas afectado por un ERE, deberás cumplir los siguientes requisitos:
Estar en situación legal de desempleo.
Haber trabajado y cotizado al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación de desempleo.
No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarte.
No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo compatibilidad establecida por un programa de fomento de empleo.
No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
Inscribirte como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el periodo de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
Si el periodo que has cotizado es inferior a 360 días, para tener derecho al subsidio por desempleo deberás, además, carecer de rentas a título individual superiores en cómputo mensual al 75 % del SMI vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (datos para este año).
En caso de reducción de jornada de trabajo solo se tendrá derecho al desempleo si, reuniendo el resto de requisitos, la reducción es temporal y tramitada mediante procedimiento de regulación de empleo o por resolución judicial en procedimiento concursal y los trabajadores afectados ven reducida su jornada en un porcentaje entre el 10 % y el 70 %, con análoga reducción del salario.
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