El sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades:
Las personas jurídicas, excepto las sociedades civiles.
Otras entidades que carecen de personalidad jurídica, pero a las que la Ley les atribuye la calidad de sujeto pasivo.
Las entidades que enumera la Ley del Impuesto sobre Sociedades son las siguientes:
Los fondos de inversión.
Las Uniones Temporales de Empresas.
Los fondos de capital-riesgo.
Los fondos de pensiones.
Los fondos de regulación de mercado hipotecario.
Los fondos de titulización hipotecaria y fondos de inversión inmobiliaria.
Los fondos de titulización de activos.
Los fondos de garantía de Inversiones.
Las Sociedades agrarias de transformación.
Las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
No son sujetos pasivos:
Las sociedades civiles.
Las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria.
Las sociedades irregulares.
Estas entidades tributarán en el régimen de atribución de rentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.