LEY DE ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGADO Y PROCURADOR.
Ley de Acceso a las Profesiones de Abogado y Procurador, cuyo Reglamento entró en vigor elide noviembre de 2o11, la antigua y reiterada petición de la Abogacía institucional de la necesidad imperiosa de regalar el acceso a la profesión de abogado, a fin de garantizar adecuadamente el ejercicio del derecho de defensa por los ciudadanos. Además, era necesaria para poner fin a una excepción, porque España era el único país de la Unión Europea que no tenía un sistema de acceso para ser abogado. La Abogacía ha reclamado la necesidad de un sistema para acceder a la profesión de abogado una vez que se sale de la Uni versidad, más allá del sistema de pasantía, que existía desde hace siglos, desde el Congreso de la Abogacía de San Sebastián de 1917. El Consejo General de la Abogacía ha batallado largamente por la aprobación de esta Ley y por mejorar su contenido.
La Abogacía se muestra satisfecha ante el texto aprobado, pero especia especialmente ante el fin de esta situación anómala. No obstante, se muestra abierta a que se realicen algunos ajustes para su mejor adecuación, así como a escuchar las propuestas y reivindicaciones de los estudiantes. Prueba de ello fue que una de las mesas organizadas durante el Congreso Nacional de la Abogacía celebrado en Cádiz versó sobre este asunto, y tuvo representación de las Escuelas de Práctica Jurídica, la Universidad y los estudiantes.
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