Riesgos excluidos en el Seguro de Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria
Quedan excluidos de la Cobertura de este Seguro, los siguientes supuestos:
1. Los accidentes que sufra el asegurado procedentes de duelos o riñas y los que sean consecuencia
de un acto de imprudencia, temeridad o negligencia graves, con infracción de Leyes o Reglamentos.
2. Los accidentes que sean debidos exclusivamente a culpa única de la víctima, negligencia o a fuerza
mayor. A efectos de este Seguro, no se consideran como casos de fuerza mayor los defectos, roturas
o fallos de las armas de caza y sus mecanismos, ó de las municiones.
3. Quedan, asimismo, excluidos de la garantía del Seguro, los accidentes en que la víctima sea el propio
asegurado, y aquellos supuestos en que los hechos sean causados por acciones u omisiones que
constituyan un delito o falta dolosa tipificados en el Código Penal.
4. También quedan excluidos del aseguramiento obligatorio los daños materiales, y los daños
corporales cuya cuantía exceda de los límites cuantitativos fijados legalmente para la cobertura del
Seguro de Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria.
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