UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE
D. Godoy, con domicilio en
Urbanización La Cardonera numero 23, del término
municipal de , en la provincia de, ante este
organismo comparezco y como mejor proceda en
Derecho DIGO:
Que
habiendo recibido resolución de la administración
tributaria, de providencia de apremio, en relación
a procedimiento de devolución de becas, esta parte
interpone Recurso Extraordinario de Revisión ante
este organismo, en base a las siguientes;
ALEGACIONES
PRIMERA.- Que esta parte no
fue notificada de la resolucion que determino el
inicio de expediente de devolución de becas, por
lo que no se pudo realizar manifestaciones al
mismo, por lo que se ha vulnerado su derecho a
defensa jurídica y los derechos del ciudadano
establecidos en LA Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Publicas y del Procedimiento
Administrativo Común Ley 30/1992.
SEGUNDA.- Que entendemos
que esta resolución es arbitraria y se dicta en
contra del procedimiento sancionador, perjudicando
a esta parte, sin respetar la legislación
aplicable, y con ello solo causan perjuicios a
esta parte, además de los perjuicios económicos.
Entendemos que la Administración tiene que dar
ejemplo y cumplir con la normativa, no trabajar al
margen de la misma y todo esto solo con fines
recaudatorios.
Se incumple con el articulo
9 de la Constitución Española y con el espíritu de
la misma,
1. Los ciudadanos y los
poderes públicos están sujetos a la Constitución y
al resto del ordenamiento jurídico.
2. Corresponde a los
poderes públicos promover las condiciones para que
la libertad y la igualdad del individuo y de los
grupos en que se integra sean reales y efectivas;
remover los obstáculos que impidan o dificulten su
plenitud y facilitar la participación de todos los
ciudadanos en la vida política, económica,
cultural y social.
3. La Constitución
garantiza el principio de legalidad, la jerarquía
normativa, la publicidad de las normas, la
irretroactividad de las disposiciones
sancionadoras no favorables o restrictivas de
derechos individuales, la seguridad jurídica, la
responsabilidad y la interdicción de la
arbitrariedad de los poderes públicos.
TERCERA.- Que se debe declarar la anulabilidad de
este procedimiento, anular la reclamación de
apremio de la administración de Hacienda y en su
caso iniciar expediente de reclamación de
devolución de becas a esta parte, para poder
presentar alegaciones y en su caso negociar la
forma de devolución.span>
En virtud de lo expuesto,
SOLICITO a este organismo
que admita este Recurso extraordinario de Revisión
y sus copias y proceda a la anulabilidad del
expediente, en base a la ley 30/92 L.R.J.A.P. y
P.A.C., por ser de Justicia que pido en La
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