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 Al juzgado de PRIMERA INSTANCIA E instrucción nº 2 
        
         Don  Perez, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Don Carretero, en  Procedimiento Abreviado número 31/2012 seguidas en ese Juzgado , ante el mismo Juzgado comparezco, y como mejor proceda en derecho DIGO:
 
         Que con fecha de 23 de enero de 2013 se dictó Auto por dicho Juzgado por el que se declara solvente a Don a Carretero, habiendo sido notificado dicho auto y no estando conforme con el mismo;
 
         Que por el presente escrito formulo RECURSO DE REFORMA contra dicho Auto, conforme a lo prevenido en el art. 216 y 217 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en base a las siguientes alegaciones;
 
         I.- Que esta parte actualmente no se encuentra dada de alta en nigun régimen del sistema de la Seguridad Social, por lo que no percibe remuneración alguna.
         II.- Que tampoco percibe pensión o prestación contributiva o no contributiva de administración alguna, aportando copia de documento del Servicio de Empleo Publico, donde costa que ha dejado de percibir el subsidio por desempleo en el mes de diciembre, aunque se le prorrogo el mismo hasta el día 10 de marzo de este año, la cuantia es de 426 euros y dejara de percibirla el próximo mes.
 
         III.- Que esta parte tiene dos hijas y según sentencia del Juzgado de Primera Instancia numero 15 de Las Palmas de Gran Canaria abono pensión de alimentos mensualmente de 150 euros, aporto copia del auto.
 
         IV.- Que actualmente convive con su pareja en el domicilio familiar de la misma y ayuda en el pago de los gastos ordinarios, ademas que la misma tiene dos hijos que conviven con ellos, siendo una unidad familiar de cuatro personas. Esta parte entiende que debe declararse al mismo como insolvente al no percibir cantidad periódica, no posee bienes muebles ni inmuebles y la situación actual no hacen poder pensar que accederá a trabajo con facilidad, ya que se dedica a reparación y construcción de invernaderos, lo hace de manera esporádica ya que no hay demanda de este trabajo de manera continuada.
Desconoce esta parte que exista un vehículo a motor a su nombre, hace muchos años era propietario de una moto que dio de baja en Gestión Tributaria de Valora ya que desapareció de su finca, en donde la tenia guardada.
Dada las cargas familiares y su situación de desempleado deberá entenderse que esta parte es insolvente para prestar fianza y de momento nunca ha dejado de cumplir con las firmas en el juzgado, ademas de tener intención de presentarse el día de la vista,  que toda su familia, padres, hermanos, hijos y pareja vive en a, pero actualmente no puede hacer frente al pago de fianza alguna.
 
 
         Por todo lo expuesto
 
         SUPLICO AL JUZGADO que tenga por presentado este escrito y las copias que se acompañan, lo admita, tenga por formulado Recurso de Reforma contra Auto de fecha 23 de enero de 2013, y tras los trámites legales dicte resolución estimatoria del presente recurso declarando a Don  Carretero insolvente a los efectos de la pieza de responsabilidad pecuniaria del procedimiento abreviado 31/2012, por ser de Justicia que pido en
 
 
 


 
 
        

 

 

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