¿Quiénes son beneficiarios de la seguridad social?
Siempre que residan en España:
El cónyuge o pareja de hecho.
El ex cónyuge o persona separada judicialmente a cargo del asegurado.
Los descendientes y personas asimiladas a cargo del asegurado que sean menores de 26 años o que, siendo mayores de esa edad, tengan una discapacidad igual o superior al 65%.
Trámites necesarios
Presentación de la solicitud en modelo oficial para el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria en la oficina provincial del INSS.
A continuación, el interesado debe acudir al centro de salud que le corresponda para que se le entregue la tarjeta sanitaria.
En el caso de disponer ya de dicha tarjeta por estar acogido al Convenio de Asistencia Sanitaria (CAS), suscrito con la Mutualidad a través del Colegio de Abogados, la tarjeta deberá ser presentada para su oportuna modificación en el centro de salud, previa solicitud de baja en dicho convenio en la Tesorería de la Seguridad Social . BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 600 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
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