FINES DEL DERECHO PENAL
Funciones del derecho penal
Posibles misiones que se le pueden encomendar al derecho penal en la sociedad son:
- Función simbólica: aquella utilización del derecho penal para fines que no le son propios o pervirtiendo su propia configuración, sus principios. Por ejemplo, la equiparación de la violación y la agresión sexual contradice el principio de proporcionalidad.
Otros autores diferencian entre función simbólica positiva y negativa, pues el derecho penal advierte a los ciudadanos de conductas que no debe llevar a cabo.
- Función motivadora-educacional: utilización del derecho penal para crear convivencia social. Actuación sobre los miembros del grupo social para evitar que realicen comportamientos que se dirigen contra los bienes jurídicos tutelados. Por ejemplo, creación de delitos fiscales para concienciar a la sociedad de no defraudar a hacienda.
Algunos autores consideran esta función legítima. Sin embargo, la concienciación social debe hacerse por otros medios, no mediante el derecho penal.
- Función instrumental: el derecho penal, en el Estado democrático, no es más que un instrumento para preservar un mínimo de convivencia en un contexto social. Se trata de la pretensión de evitar aquellos comportamientos que supongan una grave perturbación para el mantenimiento y evolución del orden social al que constitucionalmente se aspira a llegar. Para ello han de ser determinadas y sometidas a tutela aquellas condiciones que son importantes para la existencia y evolución del sistema, es decir, la protección o tutela de los bienes jurídicos.
Fines del derecho penal
1. Prevención general. encaminada a evitar, en un determinado contexto social, que se cometa un delito. La pena se dirige a los miembros de una colectividad para que en el futuro, ante la amenaza de la pena, se abstengan de delinquir. Presenta 2 modalidades:
- La prevención general negativa, que es la concepción tradicional, es aquella que se entiende como coacción psicológica sobre el conjunto de la sociedad para evitar la comisión de delitos intimidación, prevención intimidatoria.
La prevención general debe ser limitada, pues históricamente se ha utilizado el derecho penal con fines intimidatorios, cometiendo excesos en la ejecución de la pena. Esta intimidación se puede evitar mediante el principio de proporcionalidad entre delito y pena: la pena ha de ser proporcional a la gravedad del delito cometido.
Últimamente ha surgido la concepción de la prevención general positiva, la prevención general que busca estabilizar la confianza de la comunidad en el derecho. Supone la reafirmación del ordenamiento penal a través de la efectiva imposición de la pena. La prevención también debe buscarse mediante la afirmación positiva del derecho penal, como afirmación de las condiciones jurídicas fundamentales, de la conciencia social de la norma, o de una actitud de respeto por el derecho.
2. Prevención especial. Pretende evitar que aquel que ha delinquido vuelva a delinquir, es decir, frente a la prevención general que pretende incidir sobre los restantes miembros de la comunidad, la prevención va singularmente dirigida sobre aquel que ha cometido un hecho delictivo. La pena va dirigida a que aquel que ha delinquido no vuelva a delinquir. La prevención especial se materializa en el momento de imposición y ejecución de la pena. BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 600 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales. |