Plan general municipal de ordenación
El ámbito territorial del mismo comprende la totalidad del termino municipal correspondiente. También puede abarcar varios municipios colindantes, en el caso de un área metropolitana, una mancomunidad o una agrupación de municipios, pero refiriéndose siempre a la totalidad del territorio de los municipios implicados.
La función básica de este plan es clasificar el suelo del término municipal, definir su estructura general y establecer las normas que desarrollan todo ello, aplicando siempre las directrices de los planes directores territoriales de coordinación en aquellos donde se haya aprobado.
Por lo que respecta a la clasificación del suelo, este se puede dividir en:
-Suelo Urbano
-Suelo Urbanizable, que a su vez se puede dividir en urbanizable programado y no programado.
-Suelo no urbanizable.
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