Nuevos contratos para la formación y el aprendizaje
-Dirigido a mayores de 16 años y menores de 25 sin cualificación profesional, de forma transitoria hasta el 31 de diciembre de 2013 también se podrá realizar con mayores de 25 y menores de 30 años.
-Duración minima del contrato de 1 año y máxima de 2, si bien podrá prorrogarse por 12 meses más en función del proceso formativo del trabajador.
-La jornada no podrá ser superior al 75% de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o máxima legal.
-Formación en un centro reconocido por el sistema nacional de empleo.
-Certificado de profesionalidad, título de FP o la acreditación de las competencias adquiridas al finalizar la formación.
-Retribución en proporción al tiempo trabajado, no inferior al salario mínimo interprofesional.
-Cobertura total de la seguridad social.
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales. |