MORAL Y DERECHO PENAL INSTRUMENTO DE PROTECCIÓN DE LA SOCIEDAD.
Moral y derecho penal. El dº penal ha sido presentado históricamente como el instrumento de protección de la sociedad y de su orden moral. En el Antiguo Régimen imperaba la identificación del orden moral y del penal, identificándose los conceptos de delito y pecado. Esta identificación comienza a romperse con el pensamiento de la Ilustración, pero su plasmación política y jurídica ha sufrido un largo proceso con avances y retrocesos hasta llegar a nuestros días.
Inspirada en le pensamiento liberal y moderno es la tesis de que el derecho penal debe limitarse a tutelar el “minimun ético” de una sociedad. Pero esta tesis da lugar a confusión y vaguedades.
El fundamento del poder punitivo del Estado y de la definición de delitos e imposición de penas debe encontrarse en la dañosidad social de las conductas caracterizadas legalmente como delito, en su condición de resultar lesivas de los intereses básicos de la sociedad y de los individuos.
Renunciar a la moral para fundamentar el orden punitivo no significa que le legislador o los ciudadanos renuncien a sus principios éticos, sino que los principios éticos por sí solos no deben ser impuestos coercitivamente a todos los individuos y grupos sociales.
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