La circunstancia de parentesco en la comisión de un delito.
El parentesco en la comisión de un delito (relaciones familiares entre el delincuente y la víctima) es una circunstancia que puede servir para atenuar o agravar la responsabilidad penal dependiendo de la naturaleza, los motivos y los efectos del delito, de si la víctima es el cónyuge o persona a quien estuviera unido de forma estable por una relación de afectividad similar, o si es ascendiente, descendiente o hermano por naturaleza, por adopción o afinidad en los mismos grados que el ofensor.
Generalmente, el parentesco será considerado como una circunstancia agravante en aquellos delitos que atenten contra las personas (homicidio, asesinato, lesiones y malos tratos... etc.) y como un atenuante o eximente en aquellos que tengan un carácter patrimonial (robo, estafa, apropiación indebida...) valorándose en todo caso las circunstancias del supuesto concreto.
El parentesco no operará como circunstancia modificativa de la responsabilidad penal cuando exista un gran distanciamiento entre el delincuente y su víctima.
En cualquier caso, un abogado podrá ofrecer asesoramiento sobre todas estas cuestiones a la vista de las particularidades que presente cada supuesto concreto.
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