A
LA COMPAÑÍA DE SEGUROS
José
, con NIF N° R en representación en calidad de
padre del menor DON JOSE FRANCISCO en el
EXP. 992200,
EXPONE:
PRIMERO.-
Que el pasado 10 de Noviembre de 2015, se
recibió contestación al escrito presentado en
reclamación del accidente de fecha 11 de
septiembre de 2015 sufrido por
DON JOSE
, denegando la reclamación
al no existir nexo causal.
SEGUNDO.-
Al
respecto manifestar la existencia de inversión
de la carga de la prueba. Una vez acreditada
la existencia del desperfecto o elemento
susceptible de propiciar la caída, se ha
señalado, con apoyo en la jurisprudencia, que
se produce una inversión de la carga de la
prueba, que hace que deba ser el propietario
de la instalación el que pruebe que actuado
con la diligencia debida en el correcto
mantenimiento y
se puede observar una tapa de registro que por
su deficiente estado de conservación entrañaba
peligro para la circulación de los peatones, y
debió adoptar las medidas necesarias para
evitar dicho riesgo, con señalización del
desperfecto y su reparación.
TERCERO.-
Que
se pondrán la oportuna denuncia contra el
propietario de la vivienda, al considerarse
por esta parte la posible existencia de un
delito de lesiones leves.
CUARTO.-
Asimismo
se pondrán la oportuna denuncia ante el
Ilustre Ayuntamiento de .
Aunque la calle sea de titularidad privada se
apreciaría la existencia de legitimación
pasiva por parte del Ayuntamiento en cuestión,
en tanto en cuanto la calle se encuentra
abierta al público. En este sentido
lo cierto es que se trata de un espacio
de uso público, por el que transitan personas
diariamente y por tanto, tratándose de una
zona de uso público, el Ayuntamiento deberá, o
bien realizar las labores de mantenimiento y
conservación precisas en lo que afecta a la
superficie exterior de esa zona de uso
público”.
QUINTO.-
Que por la presente se comunica la designación
de abogado como representante legal en esta
reclamación a Don Hernández con DNI nº
D, colegiado del Ilustre Colegio de Abogados,
.
Por todo ello;
SOLICITAMOS
que se tenga por comunicado el siniestro con
efectos de reclamación extrajudicial.
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