Cálculo del rendimiento neto, impuesto sobre las personas físicas.
Con carácter general, el rendimiento neto se calcula por diferencia entre ingresos computables y gastos deducibles, aplicando, con matices, la normativa del IS (se aplican los incentivos y estímulos a la inversión del IS).
Son ingresos computables los derivados de las ventas, de la prestación de servicios, del autoconsumo y las subvenciones, entre otros.
Son gastos los que se producen en el ejercicio de la actividad: suministros, consumo de existencias, gastos del personal, reparación y conservación, arrendamiento y amortizaciones por la depreciación efectiva de los elementos patrimoniales en funcionamiento. Desaparecida la libertad de amortización en elementos nuevos del activo material fijo, se establece un régimen transitorio para los que a 31 de marzo de 2012 tengan cantidades pendientes de aplicar. El rendimiento neto calculado se reducirá si es irregular. También, si se cumplen los requisitos establecidos, se minorará por el ejercicio de determinadas actividades económicas y desde 2009 a 2013, por mantenimiento o creación de empleo. Los que inicien una actividad económica a partir del 1 de enero de 2013 y determinen el rendimiento neto por este método, podrán reducir en un 20 % el rendimiento neto positivo declarado, minorado por las reducciones anteriores, en el primer período impositivo en que sea positivo y en el período impositivo siguiente con determinados límites y requisitos. BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 600 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
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