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DERECHOS DEL CIUDADANO SOBRE LA INFORMACION CATASTRAL CONSULTA

 

 

 

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La legislacion establece los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con el catastro. Desde nuestro despacho podemos realizar sus gestiones catastrales desde 40 euros.

ESTOS SON SUS DERECHOS COMO CIUDADANO Y USUARIO:

Derecho a ser tratado con el debido respeto y consideración.

Derecho a obtener información completa y veraz sobre el estado de tramitación de los pro­cedimientos en los que sea parte.

Derecho a obtener copias, a su costa, de los documentos que integran los expedientes en los que sea parte, en los términos establecidos por la normativa vigente.

Derecho a conocer la identidad de las autorida­ des, funcionarios y demás personal que tramitan los procedimientos en los que usted tenga la condición de interesado.

Derecho a conocer los trámites y requisitos a cumplimentar en sus distintas actuaciones ante el Catastro.

Derecho a presentar alegaciones, reclamaciones, recursos, quejas y sugerencias en relación con los procedimientos en los que sea interesado.

Derecho a utilizar las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma donde radique la Gerencia del Catastro a la que se dirija.

Derecho a que el Catastro resuelva expresamen­ te y por escrito sus peticiones, declaraciones y reclamaciones, ya sea directamente o a través de los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales y demás Administraciones colaboradoras.

Derecho a la privacidad y confidencialidad de la información de carácter personal contenida en el Catastro así como a instar la rectificación de los datos inexactos o incompletos.

Derecho a que en el Catastro figuren debida­ mente descritas en sus características físicas, jurídicas y económicas todos los inmuebles de los que sea titular.

Derecho a que los bienes inmuebles de los que sea Titular Catastral se encuentren correctamen­ te valorados, conforme a la normativa aplicable.

Derecho a que el Catastro mantenga actualizados los Padrones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, así como sus bases de datos como ins­ trumento de lucha contra el fraude fiscal, promo­ viendo la colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales a estos efectos.

Derecho a acceder a la información inmobiliaria contenida en la base de datos del Catastro, en los términos legalmente previstos.

Derecho a que el Catastro colabore activamen­ te con las distintas Administraciones Públicas poniendo a su disposición la información nece­ saria para la gestión de los servicios que pres­ tan, para facilitar la simplificación de trámites y para evitar la necesidad de que usted tenga que acreditar datos que ya obren en poder de aque­ llas o puedan ser obtenidas por ellas mismas a través de la Oficina Virtual del Catastro.

Derecho a participar en la mejora continúa de los servicios catastrales, a través de los medios (sugerencias, encuestas de satisfacción, etc.) que se indican en los apartados 8 y 9 de esta Carta.

Derecho a no presentar ante nuestras oficinas documentos no exigidos por la normativa vigen­ te y a no aportar aquellos ya presentados por usted y que se encuentren en nuestro poder, siempre que se indique el procedimiento en el que fueron incorporados.

Derecho a que los procedimientos tramitados por el Catastro se resuelvan en los plazos legal­ mente establecidos.

Derecho a ser informado de la naturaleza y alcan­ce de las actuaciones de inspección catastral.

Derecho a ser informado y asistido sobre el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones ante el Catastro.

Derecho a obtener copia sellada de los docu­ mentos presentados en nuestras oficinas, siem­ pre que los aporte junto a los originales para su cotejo, así como derecho a la devolución de los originales de dichos documentos, en el caso de que no deban obrar en el expediente.

Derecho a ser oído en el trámite de audiencia en los términos previstos en la normativa aplicable.

NORMAS LEGALESY REGLAMENTARIAS MÁS IMPORTANTES:

Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

Real Decreto Legislativo 212004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Ley 711986, de 24 de enero, de Ordenación de Cartografía.

Ley Orgánica 1511999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Real Decreto 41712006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de valora­ción y el cuadro marco de valores del suelo y las construcciones para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana

Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la ley 5812003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.

Real Decreto 155212004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda.

Real Decreto 390/ 1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructu­ ra orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.

Real Decreto 20811996, de 9 de febrero, por el que se regulan los Servicios de Información Administrativa y Atención al Ciudadano.

Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, por el que se crea el Consejo para la Defensa del Contribuyente en la Secretaría de Estado de Hacienda.

Real Decreto 95112005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.

GENERALES:

La documentación remitida al ciudadano será lo más clara y comprensible posible.

Existirán modelos y formularios disponibles gratuitamente en todas nuestras oficinas y en la pági­ na Web del Catastro.

 

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