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Escrito de demanda (Juicio ordinario) por enriquecimiento injusto.

[Se ha optado por presentar un modelo de juicio declarativo ordinario en el bien entendido de que la cuantía de la demanda supera los 3.000 €s.-; no obstante, si la cantidad es inferior a dicha cifra, debe tenerse en cuenta que se seguirán los trámites del juicio verbal, cuya demanda, a elección del actor, puede adoptar la misma forma que en el ordinario –en cuyo caso puede ser de utilidad el siguiente formulario, con las correspondientes adaptaciones- o bien redactarse de forma sucinta.

  Adviértase que en la siguiente demanda se plantea una acción de enriquecimiento injusto con carácter principal, es decir, no se alega esta institución como principio general de derecho, sino como fundamento de la acción que se insta. Por lo demás, téngase en cuenta que los siguientes formularios han sido confeccionados para el caso concreto que en ellos se plantea; ello no obstante, y para supuestos de hecho distintos, deberán tenerse en cuenta otras normas procesales que en su caso puedar resultar de aplicación] .

Al Tribunal

D. ..., Procurador de los tribunales y de D. DTE , mayor de edad, con DNI núm. ... y domicilio personal en ..., calle ..., núm. ..., piso ..., puerta ..., código postal ..., teléfono ..., fax ... [ se consignarán los datos y circunstancias de identificación del actor y el domicilio o los domicilios en que puede ser citado; téngase en cuenta lo previsto en el art. 7 LEC para los supuestos que contempla, así como el art. 264 LEC en relación con los documentos que en dicho caso deberán acompañarse para acreditar la representación que el litigante se atribuya] ; representación que acredito según escritura de poder que acompaño como documento núm. 1 , para su unión a los autos por copia, interesando la devolución del original [con la demanda deberá acompañarse el poder conferido al procurador, cuando intervenga y la representación no se otorgue apud acta] ; y dirigido por el Letrado debidamente habilitado del Iltre. Colegio de Abogados de ..., D. ..., con núm. de colegiación ... [Junto a la designación del actor se hará mención del nombre y apellidos del abogado, cuando intervenga] , como mejor en derecho proceda, comparezco y digo:

Que mediante el presente escrito, formulo demanda de juicio declarativo ordinario de acción de enriquecimiento injusto , contra D. DDO, vecino de ..., C/. ..., núm. ..., piso ... [v. art. 155 LEC], basándola en los siguientes:

Hechos

[Se expondrán numerados y separados los hechos y los fundamentos de derecho y se fijará con claridad y precisión lo que se pida. Los hechos se narrarán de forma ordenada y clara con objeto de facilitar su admisión o negación por el demandado al contestar. Con igual orden y claridad se expresarán los documentos, medios e instrumentos que se aporten en relación con los hechos que fundamenten las pretensiones. Cuando lo que se pida en la demanda pueda fundarse en diferentes hechos o en distintos fundamentos o títulos jurídicos, habrán de aducirse en ella cuantos resulten conocidos o puedan invocarse al tiempo de interponerla, sin que sea admisible reservar su alegación para un proceso ulterior. A efectos de litispendencia y de cosa juzgada, los hechos y los fundamentos jurídicos aducidos en un litigio se considerarán los mismos que los alegados en otro juicio anterior si hubiesen podido alegarse en éste. Es lo que la Ley denomina preclusión .

  Además, junto con la relación de los hechos debe tenerse en cuenta, entre otros extremos, lo dispuesto en el art. 265 LEC, en cuanto a que a toda demanda habrán de acompañarse los documentos en que la parte funde su derecho a la tutela judicial que pretende; y en su caso, también deberán acompañarse los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen, así como los instrumentos que permitan archivar y conocer o reproducir palabras, datos, cifras y operaciones matemáticas llevadas a cabo con fines contables o de otra clase, que sean relevantes para el proceso -v. art. 299.2 LEC-; y las certificaciones y notas sobre cualesquiera asientos registrales o sobre el contenido de libros registro, actuaciones o expedientes de cualquier clase.

  Por otra parte, habrán de acompañarse con la demanda los dictámenes periciales en que apoye sus pretensiones, o el anuncio de éstos, en el caso de que la aportación inicial no fuere posible o se opte por solicitar su designación judicial, por ser titular del derecho de asistencia jurídica gratuita o, aún sin serlo, si la parte entiende conveniente o necesario para sus intereses la emisión de informe pericial; así como informes elaborados por profesionales de la investigación privada legalmente habilitados, sobre hechos relevantes en que la parte apoye su pretensión. Por último conviene indicar que el art. 270 LEC prevé, como excepción, que podrán aportarse después de la demanda los documentos, medios e instrumentos relativos al fondo del asunto, cuando sean de fecha posterior a dicho escrito, siempre que no se hubiesen podido confeccionar ni obtener con anterioridad; cuando se trate de documentos, medios o instrumentos anteriores a la demanda y la parte que los presente justifique no haber tenido antes conocimiento de su existencia; y cuando no hubiera sido posible obtener con anterioridad los documentos, medios o instrumentos, por causas que no sean imputables a la parte, siempre que haya hecho oportunamente su designación -v. Art. 265.2 LEC- o anuncio -v. Art. 265.1.4.1 LEC-].

Primero.– Mi representado y D.ª ..., hija de D. DDO, mantenían una relación de noviazgo desde aproximadamente el mes de ... de ... y hasta el mes de ... de ..., fecha ésta en que rompieron sus relaciones sentimentales.

Con anterioridad a dicha ruptura mi representado y su novia habían previsto contraer matrimonio en el mes de ... del año ..., aproximadamente.

– Se acreditará este extremo en el momento procesal oportuno [Se está pensando en el interrogatorio de testigos como medio de prueba eficaz a estos efectos] .

Segundo.– D. DDO es propietario de un piso sito en esta ciudad de ..., C./ ..., núm. ..., cuyo uso pretendía ceder a su hija con motivo del matrimonio que ésta debía celebrar con mi representado.

– Se acompaña como documento núm. 2 certificación expedida por el Registro de la Propiedad núm. ... de ..., en la que puede comprobarse como D. DDO es el titular registral de la expresada finca [Recuérdese que deberán acompañarse junto con la demanda las certificaciones y notas sobre cualesquiera asientos registrales o sobre el contenido de libros registro, actuaciones o expedientes de cualquier clase. Si la parte no puede disponer en este momento de los anteriores documentos, medios o instrumentos, podrá designar el archivo, protocolo o lugar en que se encuentren, o el registro, libro registro, actuaciones o expediente del que se pretenda obtener una certificación. No obstante, si lo que pretenda aportarse al proceso se encontrara en archivo, protocolo, expediente o registro del que se puedan pedir y obtener copias fehacientes, se entenderá que el actor dispone de ello y deberá acompañarlo a la demanda, sin que pueda limitarse a efectuar la descrita designación].

Tercero.– Ante estos hechos y con la finalidad indicada, D. DTE y su novia decidieron reformar el citado piso, contratando para ello la realización de unas obras de albañilería, fontanería, carpintería, electricidad y pintura; así como la adquisición del mobiliario de la cocina, comedor y habitación principal de la casa.

Los diferentes profesionales que debían intervenir en la obra, así como el establecimiento que debía instalar el mobiliario, finalizaron sus trabajos y encargos el día ... de ... de ..., fecha en la cual el expresado piso quedó perfectamente reformado y acabado.

– Se acompañan como documentos núms. 3 a 12 diferentes presupuestos de las obras y encargos expresados [ Los documentos privados se presentarán en original o por copia autenticada por el fedatario público competente y se unirán a los autos o se dejará testimonio de ellos, con devolución de los originales o copias fehacientes presentadas, si así lo solicitan los interesados; Si la parte sólo posee copia simple del documento privado, podrá presentar ésta, que surtirá los mismos efectos que el original, siempre que la conformidad de aquélla con éste no sea cuestionada por cualquiera de las demás partes. Si el original del documento privado se encuentra en un expediente, protocolo, archivo o registro público, se presentará copia auténtica o se designará el archivo, protocolo o registro (art. 268 LEC)].

– Se acompañan como documentos núms. 13 a 21 los distintos recibos que acreditan el efectivo pago de los citados servicios en conformidad con las obras y encargos realizados [v. nota anterior].

Cuarto.– En la época en que se llevaron a cabo las obras y la instalación del mobiliario, así como su correspondiente pago, la novia de mi representado no trabajaba y, por tanto, al no contar con unos ingresos económicos no podía ayudar a sufragar el coste de las obras y demás reformas en el piso. No obstante, mi representado, en atención a la cesión de uso del piso que había prometido el padre de su novia –D. DDO–, no tuvo inconveniente alguno en abonar en su integridad el importe a que ascendió la totalidad de las reformas realizadas en la finca.

Para ello mi representado solicitó en fecha ... de ... de ... un crédito personal con la entidad bancaria ..., por importe de ... ptas.–, las cuales, además de los ahorros con que contaba mi representado, fueron destinadas en su integridad al pago de las obras y de los materiales adquiridos.

– Se acompaña como documento núm. 22 póliza del crédito personal suscrito con la entidad ... en fecha ... de ... de ..., convenientemente intervenida por corredor de comercio [v. art. 317.3 LEC; a este respecto conviene apuntar que c uando sean públicos los documentos que hayan de aportarse podrán presentarse por copia simple. Sólo si se impugnase su autenticidad podrá llevarse a los autos original, copia o certificación fehaciente del documento con los requisitos necesarios para que surta sus efectos probatorios (arts. 265 y 267 LEC, en relación con art. 318 LEC)] .

Quinto.– Como ya se ha indicado en el hecho primero de este escrito, mi representado y su novia rompieron sus relaciones aproximadamente en fecha ... de ... de ..., es decir, meses después de que las obras hubieran finalizado. En consecuencia, no se celebró el esperado enlace matrimonial y las mejoras realizadas en la finca, así como el mobiliario quedó en poder del titular del piso, o lo que es lo mismo, de D. DDO.

Sexto.– Ante estas circunstancias mi representado se puso en contacto con la que había sido su novia y le solicitó que hablara con su padre y que le reclamara el importe de la inversión realizada en el piso. D.ª ... le comentó que no podía hacer nada ya que su padre se negaba a abonar cantidad económica alguna.

Posteriormente mi representado requirió por conducto notarial a D. DDO con la finalidad de que éste le abonara, cuanto menos, el importe al que ascendieron las obras. En respuesta a este requerimiento D. DDO únicamente sugirió que se prestaba a facilitarle la entrada en el piso con el fin de que recogiera los muebles en él depositados.

A la vista de la respuesta del demandado mi representado tomó posesión de los muebles por él adquiridos y cuya recuperación resultó más o menos accesible; no así de aquellos otros que por sus características e integración en la estructura de la casa, resultaba imposible desprender sin menoscabar el pavimento. Se relacionan a continuación los muebles que están actualmente en poder de mi representado y por los que éste nada va a reclamar; cifrando el importe de los mismos en ... ptas.–, según se ha acreditado con el documento núm. ... acompañado con este escrito, cantidad que deberá sustraerse de la total invertida en el piso. Todo ello sin perjuicio de indicar la escasa utilidad que de ellos ha podido hacer el demandante.

[Re­la­cio­nar el detalle de los muebles recuperados y el importe de los mismos].

– Se acompaña como documento núm. 23 requerimiento notarial de fecha ... de ... de ..., del Notario que lo es de ..., D. ..., en el cual puede verse, además, la respuesta ofrecida por el demandado [v. nota anterior en cuanto a la aportación de documentos públicos].

Séptimo.– De lo expuesto se deduce que ha tenido lugar un empobrecimiento en la persona de mi representado, valorado en ... ptas.– una vez detraída la cantidad destinada al mobiliario; un correlativo enriquecimiento del demandado en cuanto disfruta de unas reformas sin haber abonado emolumento alguno por este concepto; una evidente relación o conexión causal entre el enriquecimiento del demandado y el empobrecimiento del actor; y, en especial, la inexistencia de causa justificativa del expresado desplazamiento patrimonial, ya que no existe relación obligacional alguna entre mi representado y el demandado, ni el despalazamiento lo es por imperativo legal.

Octavo.– Por todo ello, por haber quedado acreditados todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Jurisprudencia para la prosperabilidad de la acción de enriquecimiento injusto y ante la negativa del demandado a resarcir a mi representado de la pérdida sufrida a resultas de los hechos expuestos, es por lo que esta parte se ha visto obligada a solicitar el correspondiente amparo judicial, en reclamación de la cantidad de ... ptas.–, que se corresponde con el valor actual de las obras realizadas y sufragadas en su día por mi representado.

– Se acompaña como documento núm. 24 dictamen del Arquitecto técnico D. ..., en el que, a la vista del presupuesto inicial de las obras y del importe por ellas abonado, efectúa la correspondiente actualización teniendo en cuenta conceptos tales como el posible detrimento sufrido y el valor actual de mercado de materiales y ejecución; asimismo efectúa estudio comparativo entre el valor actual de la finca sita en ..., C./ ..., núm. ..., y el valor que tendría la misma si se eliminaran las obras que se detallan en los presupuestos que se han acompañado junto con este escrito de demanda bajo los núms. 3 a 12 [Recuérdese que deberán acompañarse a la demanda los dictámenes periciales en que el actor apoye sus pretensiones, o el anuncio de éstos, en el caso de que la aportación inicial no fuere posible o se opte por solicitar su designación judicial –v. arts. 336 y ss. LEC-].

  Noveno.- [El art. 253 LEC prevé que el actor expresará justificadamente en su escrito inicial la cuantía de la demanda, que deberá ser indicada con claridad y precisión] En aplicación del art. 251.1 LEC la cuantía de la presente demanda es de ... ptas.- [... euros] , por ser la cantidad que por la presente se reclama [Téngase en cuenta, en su caso, lo establecido en el art. 252 LEC para aquellos procesos en que existan pluralidad de partes o de objetos, o cuando se reclamen intereses, etc.].

- [en su caso] Se han acompañado como documentos núms. 13 a 21 los documentos que acreditan el coste de los bienes cuyo valor se reclama.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes,

Fundamentos de Derecho

[En este apartado se indicarán con la adecuada separación las alegaciones que procedan sobre capacidad, representación, jurisdicción, competencia, clase de juicio en que deba sustanciarse la demanda, fundamentos sobre el fondo del asunto y cualesquiera otros de los que pueda depender la validez del juicio y la procedencia de una sentencia sobre el fondo (art. 399 LEC) ].

  A) De orden procesal [sobre la validez del juicio y la procedencia de una sentencia sobre el fondo] :

I. Capacidad de las partes:

-Art. 6 LEC. “Capacidad para ser parte. 1. Podrán ser parte en los procesos ante los tribunales civiles: [...] 1.º Las personas físicas [...]”. [En su caso, v. resto de supuestos del precepto indicado].

En consecuencia, tienen capacidad para ser parte tanto la demandante como el demandado en el presente proceso.

  II. Representación procesal:

-Art. 23 LEC: “Intervención de procurador. 1. La comparecencia en juicio será por medio de procurador legalmente habilitado para actuar en el tribunal que conozca del juicio [...]” .

III. Representación de las partes [en su caso] :

-Art. 7 LEC: “Comparecencia en juicio y representación. 1. Sólo podrán comparecer en juicio los que estén en el pleno ejercicio de sus derechos civiles” [En su caso, v. resto de supuestos del precepto citado].

IV. Defensa letrada:

-Art. 31 LEC: “Intervención de abogado. 1. Los litigantes serán dirigidos por abogados habilitados para ejercer su profesión en el tribunal que conozca del asunto. No podrá proveerse a ninguna solicitud que no lleve la firma de abogado [...]” [Téngase en cuenta, en su caso, que no será preceptiva la intervención de abogado en los escritos que tengan por objeto personarse en juicio, solicitar medidas urgentes con anterioridad al juicio o pedir la suspensión urgente de vistas o actuaciones, salvo determinadas excepciones –v. art. 31.2 LEC-].

V. Jurisdicción:

-Arts. 5 y 36 y ss. LEC: sobre tutela jurisdiccional y extensión y límites de la jurisdicción de los tribunales civiles.

En consecuencia, corresponde conocer del presente asunto a los tribunales civiles por no concurrir en el caso debatido ninguna de las circunstancias previstas en los arts. 36 a 39 LEC.

VI. Competencia objetiva:

- Artículo 45 LEC: “Corresponde a los Juzgados de Primera Instancia el conocimiento, en primera instancia, de todos los asuntos civiles que por disposición legal expresa no se hallen a tribuidos a otros tribunales. Conocerán, asimismo, dichos Juzgados de los asuntos, actos, cuestiones y recursos que les atribuye la Ley Orgánica del Poder Judicial”.

En consecuencia, corresponde conocer del presente asunto a los Juzgados de Primera Instancia, en tanto que no se halla atribuido a otros tribunales.

VII. Competencia funcional:

-Arts. 61 y ss. LEC: sobre competencia funcional por conexión y apreciación de oficio de la competencia para conocer de los recursos.

VIII. Competencia territorial:

-Art. 50 LEC: “1. Salvo que la Ley disponga otra cosa, la competencia territorial corresponderá al tribunal del domicilio del demandado [...]”.

En consecuencia, es competente este Tribunal al que me dirijo por ser el del lugar del domicilio del demandado.

IX. Clase de juicio:

-Art. 249 LEC: “[...] 2. Se decidirán también en el juicio ordinario las demandas cuya cuantía exceda de quinientas mil pesetas [...]”.

En consecuencia, y habiéndose estimado el valor de lo reclamado en ... ptas.–, los trámites a seguir en el presente procedimiento serán los del juicio ordinario.

X. Legitimación activa:

– La ostenta el empobrecido sin causa justificativa.

En consecuencia, la tiene mi representado al ser la persona que ha sufrido la pérdida patrimonial.

XI. Legitimación pasiva:

– La legitimación pasiva recae sobre el enriquecido, es decir, sobre D. DDO por ser el propietario de la finca donde se ha producido la ganancia o mejora patrimonial.

XII. Costas:

-Artículo 394 LEC: “[...] En los procesos declarativos, las costas de la primera instancia se impondrán a la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones, salvo que el tribunal aprecie, y así lo razone, que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho. Para apreciar, a efectos de condena en costas, que el caso era jurídicamente dudoso se tendrá en cuenta la jurisprudencia recaída en casos similares [...] Las pretensiones inestimables se valorarán en tres millones de pesetas, salvo que, en razón de la complejidad del asunto, el tribunal disponga otra cosa [...]”.

•  De orden sustantivo -legal, jurisprudencial o doctrinal- [sobre el fondo del asunto]:

  – SSTS 31.10.1994 y 04.10.1995: Se aprecia el enriquecimiento injusto al darse todos y cada uno de los requisitos exigidos jurisprudencialmente.

– «No hay razón jurídica para [...] limitar la cuestión restitutoria al empobrecimiento efectivo del demandante» ( ------------ ).

– «Las mejoras realizadas en cosa ajena sólo conceden derecho de restitución en la medida del enriquecimiento efectivo (ac­tual) que con ellas haya obtenido su titular» (-------- ).

Por todo lo expuesto y ejercitando la acción que se deriva de los anteriores hechos y fundamentos jurídicos,

Suplico al Tribunal : Que teniendo por presentado este escrito con los documentos que se acompañan y sus copias, se sirva admitirlo y, en su virtud, de conformidad con las manifestaciones que contiene, tenga por interpuesta Demanda de juicio declarativo ordinario en ejercicio de acción de enriquecimiento injusto contra D. DDO y previos los trámites legales pertinentes, dicte sentencia que verse sobre los siguientes extremos [o que declare; s e fijará con claridad y precisión lo que se pida; asimismo se expresarán con la debida separación y por su orden, caso de solicitar varios pronunciamientos, las peticiones formuladas subsidiariamente para el caso de que las principales fuesen desestimadas (art. 399 LEC ) ] :

1.º Se condene al demandado a pagar al actor la cantidad de ... ptas.– en concepto de resarcimiento por la ganancia y paralela pérdida sufrida, respectivamente.

2.º Se condene al demandado al pago de las costas del presente procedimiento.

En ...., a .... de .... de ...

Primer Otrosí Digo: Que siendo originales los documentos aportados y precisándose para otros usos,

Suplico al Tribunal: Se sirva dejar fotocopia testimoniada de los mismos en Autos, con devolución de los que sean originales.

Segundo otrosí digo : [En su caso] Al efecto de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 162 LEC en relación a los actos de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares, esta parte comunica al tribunal que dispone de dirección de correo electrónico, y que es la siguiente: ....; En consecuencia, interesa a esta parte que en el futuro procedan a efectuar a esta representación las notificaciones y comunicaciones a través de dicho medio y autoricen el envío de escritos y documentos por idéntico conducto.

Suplico al Tribunal : Tenga por efectuada la anterior manifestación, a los efectos solicitados.

 ..., en fecha arriba indicada.

Fdo. Ldo.: Proc.:
Col. Núm. ... Col. Núm. ...

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