AL
JUZGADO DE PAZ
DE LA ALDEA DE SAN NICOLAS/span>
&
Don Martin, bajo la dirección técnica de la
Letrada Doñaernández, Abogado del Ilustre Colegio
de Abogados de Las P, colegiado nº8, con despacho
para notificaciones en calle Real nº .
COMPAREZCO Y DIGO/span>
&
Que por medio del presente escrito, y a tenor de
lo establecido en el art. 460 de la Ley de
Enjuiciamiento Civil, deduzco Papeleta de
Conciliación en reclamación de abono de garantías
y capitales garantizados mediante póliza numero
067-00, con la entidad SEGUROS, frente a;
Representante legal de la entidad Seguros en la
calle Mariano de Cáceres, numero .
Sirva de base a esta demanda los siguientes hechos
y fundamentos de derecho.
HECHOS/span>
&
PRIMERO.- Que el actor firmo póliza que
garantizaba el pago de 15.000 euros , en el
momento de encontrarse afecto a una Incapacidad
Permanente Absoluta, con la compañía aseguradora
Seguros, en dependencias de Cajas Rurales y Caja
Siet póliza numero7-00, el día 1 de agosto de
2014, esta actualmente vigente.
SEGUNDO.- Que a esta parte se le ha reconocido la
Incapacidad Absoluta por el INSS .
TERCERO.- Que se reclamo a la entidad aseguradora
por carta y no ha respondido.
FUNDAMENTOS DE DERECHO/span>
PRIMERO.- Las partes están capacitadas para
entablar la presente relación juicio-procesal,
conforme a los artículos 6 y siguientes de la ley
Enjuiciamiento Civil.
SEGUNDO.- El artículo 47 LEC, establece la
competencia del Juzgado al que me dirijo.
TERCERO.- El artículo 394 de LEC, que regula las
costas que deberían se impuestas a los demandados.
En su Virtud;
SUPLICO AL JUZGADO que tenga por presentado esta
Papeleta de Conciliación y sus copias, la admita,
y a mí por parte en la representación indicada y
previa los trámites legales, cite a las partes
para la celebración de acto de conciliación donde
la parte demandada se comprometa al pago del
importe a favor del demandante de 15.000 euros,
además de los intereses desde el mes de marzo de
2013, y los gastos del acto de conciliación, para
evitar la vía judicial por los gastos que ello
generarían a los demandados, por ser de Justicia
que pido a 30 de marzo de 2016.
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