PLAZOS DE PRESENTACIÓN
La Declaración-resumen anual se presentará al mismo tiempo que la última autoliquidación del I.G.I.C. del
año, y conjuntamente con ésta; esto es, durante el mes de enero del año siguiente al que se refiera.
Los sujetos pasivos obligados a presentar autoliquidación mensual por este Impuesto entregarán la del mes de
diciembre en el sobre de la Declaración-resumen anual y no en el sobre mensual.
BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 400 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales. |