¿CÓMO TRAMITAR LA EXPEDICIÓN DE LA TARJETA SANITARIA?
El reconocimiento de la condición de asegurado o beneficiario del sistema público de salud corresponde a las direcciones provinciales del INSS, tras lo cual las administraciones sanitarias competentes expedirán la tarjeta sanitaria.
Para las personas que ya dispongan actualmente de tarjeta sanitaria, el reconocimiento se efectuará por el INSS de oficio. Para los demás casos es necesario efectuar la solicitud ante el INSS aportando el DNI, certificado de empadronamiento, declaración de no tener cobertura obligatoria por otra vía y para los beneficiarios, libro de familia o certificado de inscripción de matrimonio o pareja de hecho.
En cuanto al límite de ingresos de 100.000 euros anuales, se tendrán en cuenta los ingresos íntegros del trabajo, del capital, de actividades económicas y por ganancias patrimoniales. En el caso de haberse efectuado declaración del IRPF hay que sumar el importe de las bases liquidables de dicho impuesto.
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