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ANTES DE COMPRAR UNA VIVIENDA

Claves para comprar una casa

Encontrar la vivienda que se ajuste a las necesidades de quien la busca y a su presupuesto, obtener la oportuna financiacion, formalizar el contrato de compraventa y de la hipoteca Al principio cerrar la operacion puede parecer irrealizable. Sin embargo, si se sopesa cada paso, poco a poco se iran despejando todas las incognitas.

Comprar una casa significa inicialmente preguntarse donde se quiere vivir, cuál es el precio que se puede pagar y que gestiones hay que realizar. Aspectos como la ubicacion, orientacion, los servicios comunes y así­ un largo etcetera no deben elegirse a la ligera.

Tras seleccionar numerosos anuncios, visitar agencias inmobiliarias y hacer multiples llamadas comienza el recorrido para ver las casas elegidas. Para no perder el tiempo, conviene dejar claro que no interesará la adquisición si la descripción del anuncio no se corresponde con la realidad.

Una vez escogida la vivienda o mientras se están viendo pisos convendrá visitar bancos y cajas de ahorros para conocer sus diferentes ofertas. Todos tratarán de vender sus hipotecas a tipos de interés fijo, variable o mixto según los índices de referencia. El papeleo de entrada parece abrumador.

Paso a paso

No todo es tan difícil si se desgrana cada tramite uno a uno. La experiencia de las personas más cercanas tal vez contribuya a allanar el camino, o al menos a hacer más familiares palabras como Euribor o subrogación. Para empezar hay que tener al menos previsto que la señal que habrá que entregar en concepto de reserva de compra puede ser de entre un 5 y un 10% del valor del inmueble.

Algunas entidades financieras prestan hasta el cien por cien del valor de tasación de la vivienda, pero lo normal es que concedan un préstamo por el 80% del valor de tasación (no el precio real). El banco determina la cantidad que presta según el valor de tasación de la vivienda y la capacidad de endeudamiento del comprador o compradores.

Al firmar el talón o dar la señal se recomienda suscribir el denominado contrato de arras, que compromete a los firmantes en la compra de la vivienda. Las arras están reguladas por la ley para que comprador y/o vendedor puedan retractarse. Si el comprador lo hace perderá el importe de la señal. El vendedor, por su parte, se compromete a vender la casa a esa persona en concreto. Si no lo hace tendrá que indemnizarla con el doble de la cantidad de la señal.

Antes de firmar

Pero antes de firmar nada en este complejo proceso de papeleos y gestiones hay que comprobar en el Registro de la Propiedad que la vivienda está inscrita en dicho registro y que el vendedor figure como su propietario. La verificación o certificación registral se realiza por medio de una nota simple. De esta forma podrá saberse con certeza si el inmueble está gravado con alguna hipoteca o algún otro derecho de terceros que pueda suponer un obstáculo en la compra.

También es recomendable efectuar una comprobación urbanística para averiguar si la vivienda se va a ver afectada de modo desfavorable por algún proyecto o plan urbanístico.

Como precaución, asimismo, es conveniente comprobar que el ultimo recibo de la contribución urbana esta pagado y que figure a nombre del titular de la vivienda. Igualmente habrá que asegurarse de que los propietarios han satisfecho todos los pagos mensuales y derramas oportunos a la comunidad de vecinos.

Luego, si todo está en regla y se ha decidido adquirir la vivienda en cuestión, antes de formalizar la escritura publica de compraventa, hay que cerciorarse de que el contrato esta redactado de manera clara y sencilla. En sus cláusulas debe recogerse, al menos, el titulo acreditativo de propiedad y si tiene cargas, la descripción de la vivienda, su precio total y la forma de pago, asi como la fecha de entrega de la misma. Por lo general, si se compra el piso a traves de una inmobiliaria, Esta proporcionara el modelo estandar de contrato con el que cuente.

La escritura publica debe ser siempre expedida por un notario y estar inscrita en el Registro de la Propiedad. El vendedor debe acreditar la propiedad de la vivienda que va a vender mediante la escritura. Al formalizar la compra, el notario extendera una nueva escritura de compra-venta entre comprador y vendedor, en la que quedarán reflejadas todas clausulas y condiciones que en esta ocasion se hayan pactado.

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