El uso de información privilegiada en los mercados bursátiles.
Incurre en este delito la persona que utiliza información importante en la cotización de cualquier clase de valores o instrumentos negociados en algún mercado organizado, oficial o reconocido, a la que haya tenido acceso reservado con ocasión del ejercicio de su actividad profesional o empresarial.
También cometerá este delito si suministra esta información a cambio de un beneficio económico (para sí o para un tercero) superior a 450.759,08 € (75.000.000 Ptas.) o causando un perjuicio por igual importe, podrá ser sancionado penalmente con la pena de prisión de 1 a 4 años y multa de hasta el triple del beneficio obtenido.
La pena será de 4 a 6 años y la multa de 12 a 24 meses si en la comisión del delito concurre alguna de las siguientes circunstancias:
-Que los sujetos se dediquen de forma habitual a estas prácticas abusivas.
-Que el beneficio obtenido sea de gran importancia.
-Que se cause un daño grave a los intereses generales.
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