Normativa aplicable en el ejercicio de la abogacía.
• Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
• Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF y de modificación parcial de las leyes
de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el
Patrimonio (BOE del 29)
• Reglamento del IRPF, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo
(BOE del 31)• IGIC:
• Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen
Económico Fiscal de Canarias (Ley IGIC AIEM)
• Publicación de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de Medidas Administrativas y
Fiscales que introduce importantes modificaciones en los tipos impositivos del
IGIC. NOVEDADES 2013:
• Desde el 01/07/2012 sube el tipo báico del 5% al 7%.
• Desde el 01/01/2013 desaparece la “franquicia fiscal”, por lo que,
todos los empresarios y/o profesionales que tengan obligación de repercutir IGIC dejarán de estar exentos por el artículo 10-1º,28,
por lo que deberán comenzar a repercutir y liquidar IGIC.
• Facturación:
• Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. NORMATIVA Y
EXIGENCIA ESTRICTA DE LOS REQUISITOS DE LAS FACTURAS
especialmente para ser considerados los gastos como fiscalmente
deducibles.
• Pagos en Efectivo y Blanqueo de capitales:
• Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y
presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación
de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude (BOE del 30).
• Ley 10/2010 de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la
financiación del terrorismo (BOE 29/04/10). PROHIBICION DE PAGOS EN
EFECTIVO SUPERIORES A 2.500 EUROS: Normativa muy estricta, sin
posibilidad de correcciones, con muy fuertes sanciones.
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