MODALIDADES DE CONTRATACIÓN
Desde la mismísima creación del Estatuto de los Trabajadores, el legislador siempre ha hecho hincapié en la contratación indefinida. Incluso en un principio, cuando se hablaba del contrato de trabajo, se presumía de la existencia única de este tipo de contratación y “sólo en determinados casos” de la contratación temporal. Con la reforma del 94 (Primera Reforma Laboral) se intentó por todos los medios conseguir que la contratación fuese mayoritariamente indefinida, pero no fue así hasta que surgió la Reforma del 97, y en este sentido, tampoco podemos decir que ello se debiera a que, fundamentalmente, el empresario se había convertido en un alma solidaria con respecto a sus trabajadores; básicamente, el motivo por el cual a partir de Mayo del 97 hasta la actualidad, se ha incrementado este tipo de contratación, se ha debido no tanto al sistema de bonificaciones en las cuotas de Seguridad Social por las que algunos trabajadores contratados bajo esta modalidad se tenía derecho, sino más bien porque una gran variedad de contratos temporales que hasta la fecha había venido utilizando el empresario, han ido, si no desapareciendo, si siendo controlados cada vez más por la Inspección de Trabajo, incluso por el propio INEM, en definitiva, por la Seguridad Social
No obstante, seguimos contando con cierta variedad a la hora de elegir el contrato ideal. Iremos comentando algunas de ellas. Tras este análisis, en el que incluiremos alguna modalidad ya derogada pero importante en la medida que nos enseña cómo ha variado la legislación en este sentido, o porque algunos trabajadores la mantienen en vigor, nos daremos cuenta de lo expuesto en el párrafo anterior. Daremos una explicación lógica al por qué de tanto contrato indefinido e incluso a la importancia y control que cada día se ejerce sobre los temporales.
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